Los cambios más importante que debes saber sobre la nueva LOTT


La nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) ya está en vigor. Se introducen importantes modificaciones que guiarán al sector de transporte por carretera. En el plazo de dos años deberá estar aprobado el Reglamento (ROTT) que concrete algunos aspectos, desde Infotransport resumen las diez modificaciones imprescindibles de la nueva legislación que deberíamos conocer. Son las siguientes:

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¿Puede viajar en nuestro camión una persona ajena a la empresa?


Es una pregunta que me realizan a diario, y la verdad, no tiene una fácil respuesta. Trataré de dar mi opinión al respecto.

Hay que distinguir entre dos supuestos muy diferentes: un conductor de la empresa viajando como pasajero, y un familiar o un amigo, etc.

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¿Cómo se realiza un bloqueo de los datos almacenados en nuestro tacógrafo digital cuando compramos un camión?


Os dejo publicada la consulta que me hacía un lector hace unos días, esperando que os pueda ayudar en otros casos similares al planteado.  

La pregunta trata sobre la activación y desactivación de un tacógrafo digital cuando se compra un camión de segunda mano


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¿Cuántas jornadas de actividad puedo realizar entre dos descansos semanales?


A continuación os dejo un caso práctico sobre el descanso semanal para resolverlo entre tod@s, la consulta plantea una situación que me preguntan con frecuencia.

Un lector recién llegado de un curso de tacógrafo digital, se le plantean las siguientes dudas:

Un período de descanso semanal tendrá que comenzarse antes de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal, pero durante esas jornadas consecutivas:

¿Podría realizar mas de seis periodos de actividad con sus correspondientes descansos?

¿O por el contrario, tras un periodo de actividad y un descanso diario, ya se considera que hemos hecho una de esas 6 jornadas tras las cuales deberé comenzar el descanso semanal?

Pongo un ejemplo un poco exagerado:
Comienzo un Lunes a las 8h. Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Lunes a las 23h. Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Martes a las 14h. Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Miércoles a las 5h. Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Miércoles a las 20h. Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Jueves a las 11h Conduzco durante 4h. y descanso 11h.
Viernes a las 2h. Conduzco durante 4h y descanso 11h.
Viernes a las 17h. conduzco durante 4h y descanso 11h.
Sábado a las 8h Conduzco durante 4h y descanso 11h.
Sábado a las 23h. Conduzco durante 4h y comienzo un descanso semanal.

Es decir, ¿puedo considerar que desde el Lunes a las 8h. hasta las 3h. del Domingo todavía no han pasado las 6 jornadas de 24h (144 h.) y como cumplo con las horas de conducción semanales (40h.) y los descansos diarios estoy dentro de lo permitido o por el contrario debería haber comenzado el descanso semanal el Jueves a las 15h. tras el 6º periodo de actividad?

¿Qué opináis sobre el caso planteado? Anímate y participa!!! 

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¿Una empresa de transportes por carretera cómo puede cumplir con el requisito de establecimiento?


Con este artículo, comienzo una serie de post, donde iré comentando los cambios más importantes que se han producido con la reforma de la Ley de Transportes Terrestres. Espero que sea de interés general.

El 5 de julio de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (en adelante “LOTT”).

La modificación de la LOTT está motivada por los numerosos cambios experimentados en los últimos años por el mercado de transporte terrestre de viajeros y mercancías, tanto en el ámbito nacional como en la Unión Europea. Realiza una transposición del Reglamento CE 1071/2009.

El artículo 44 establece que de conformidad con lo dispuesto en la reglamentación de la Unión Europea por la que se establecen normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, a fin de cumplir el requisito de establecimiento, una empresa deberá:

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Apuntes sobre el CAP


Última actualización día 23 de septiembre de 2013

Recordaros como ya realicé hace unos días a través de mi página de Tacograferos, qué conductores están ya obligados a poseer el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).

Conductores con permisos D1, D, D1+E o D+E obtenidos antes del 11/09/2008 cuyo D.N.I. termine en:

• 1 ó 2 antes del 10 de septiembre de 2011

• 3 ó 4 antes del 10 de septiembre de 2012

• 5 ó 6 antes del 10 de septiembre de 2013

Conductores con permisos C1, C, C1+E o C+E obtenidos antes del 11/09/2009 cuyo D.N.I. termine en:

• 1 ó 2 antes del 10 de septiembre de 2012

• 3 ó 4 antes del 10 de septiembre de 2013

Debido a los diversos errores detectados en los apuntes aportados por un lector, me veo en la obligación de retirar el enlace de descarga.

Muchas gracias por vuestras aportaciones.

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El conductor de un autobús vivienda, ¿Está obligado a cumplir con los tiempos de conducción y descanso?

                               
Hank, es un estudiante de arquitectura que ha creado su propia casa transformando un autobús escolar. Una trabajo que tiene mucho mérito. Este estudiante americano, se propuso como proyecto de fin de carrera, construirse un hogar de 21 metros cuadrados sobre un autobús escolar y ahora recorre los Estados Unidos.

Es algo que a todos nos gustaría: comprar un autobús, sacar los asientos, montar un hogar y recorrer miles de kilómetros con amigos y familiares. Sobre todo, si la transformación del bus es tan espectacular como esta (y está sin rematar), en la que Hank ha creado una auténtica casa de 21 metros cuadrados, con infinidad de espacios de almacenamiento. Por fuera, lo ha pintado de gris para diferenciarlo de los buses escolares.

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Regla de los 12 días


El Reglamento (CE) 1072/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, en su artículo 29, ha modificado el artículo 8 del Reglamento 561/2006, insertando un apartado 6 bis nuevo, con el siguiente texto:

«6 bis. No obstante lo dispuesto en el apartado 6, un conduc­tor que efectúe un único servicio discrecional de transporte inter­nacional de pasajeros tal como se define en el Reglamento (CE) no 1073/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado de los servicios de autocares y autobuses, podrá posponer el período de descanso semanal hasta 12 perío­dos consecutivos de 24 horas siguientes a un período de descanso semanal regular previo, siempre que:

a) el servicio incluya 24 horas consecutivas como mínimo en un Estado miembro o en un tercer país al que se aplique el presente Reglamento distinto de aquel en que se ha iniciado el servicio;

b) tras la aplicación de la excepción, el conductor se tome:

i) dos períodos de descanso semanal regular, o

ii) un período de descanso semanal regular y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas; no obstante, la reducción se compensará con un período equivalente de descanso ininterrumpido antes de finali­zar la tercera semana siguiente a la semana del período de excepción;

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¿Puedo elegir el carril habilitado en sentido contrario al habitual, para dar fluidez al tráfico en una operación salida o retorno, conduciendo un camión o un autobús?


Con los grandes desplazamientos veraniegos ‘aparecen’ en las carreteras carriles especiales, como los habilitados en sentido contrario al habitual, para dar fluidez al tráfico: conocer sus normas y adoptar precauciones extra es la clave para circular por ellos con total seguridad.

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Blog en construcción



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Sí, lo sé, llevo muchos días sin escribir, últimamente no tengo mucho tiempo para dedicárselo al Blog, prometo volver después del verano con muchas más noticias, casos prácticos y artículos interesantes sobre el Transporte Terrestre por Carretera.

Bajo la persiana por unos días, necesito desconectar, recargar las pilas para volver con más fuerza.

Con esa intención me voy, nos vemos a la vuelta del verano.

Un saludo para tod@s.

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Tiempo diario de conducción de 10 horas "Casos Prácticos"



Hoy traigo una consulta sobre el tiempo diario de conducción. Todos sabéis que el tiempo diario de conducción podrá ampliarse como máximo hasta 10 horas, no más de dos veces durante la semana.

Un lector me plantea el siguiente caso real:


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luis Vigo, un apasionado de las maquetas



Luis Vigo, 41 años, transportista de Barbastro (Huesca) es un apasionado de las maquetas, fundamentalmente de camiones; y es que su vida se ha desarrollado en un ambiente especialmente propicio para sentir esta afición, pues no en vano procede de una familia de transportistas.

Tengo el placer de conocerlo personalmente, y la verdad es que te contagia su pasión por las maquetas.

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Las obligaciones de la carga y descarga



Uno de los puntos que tiene más relevancia en el campo del transporte de mercancías es el de las obligaciones de carga, descarga, estiba y desestiba. Desde una perspectiva operativa, esta actividad juega un papel esencial en las exigencias de rapidez y seguridad que el mercado del transporte demanda. 

Pero es que además, desde una perspectiva jurídica, las operaciones de carga y descarga plantean dos importantes cuestiones: la determinación de los sujetos que están obligados a realizar dichas operaciones y la atribución de la responsabilidad por los daños que se puedan producir durante dicho proceso.

Ambas cuestiones revisten una especial relevancia en el ámbito de la regulación del transporte, si se tiene en cuenta que en un estudio oficial realizado hace algún tiempo, se concluyó que el 70% de los daños producidos en las mercancías durante los transportes por carretera se registran en la fase de carga, descarga, estiba y desestiba de las mercancías. Determinar con precisión a quien incumbe la realización de las operaciones de carga y descarga, así como la responsabilidad por los daños que puedan derivarse de las mismas, constituye una de las funciones más importantes que debe desempeñar la regulación del contrato de transporte terrestre.


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Conducción Bisemanal "casos prácticos"


Actualizado el 14 de marzo de 2013

En el post de hoy, veremos un caso práctico sobre la Conducción Bisemanal, aportado por un lector. 

Siempre digo lo mismo, perdonar que sea tan insistente. Un primer paso para resolver un caso práctico, es comprender el supuesto planteado que se somete al análisis. Recomiendo una lectura atenta y detenida del caso expuesto.


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Tacógrafos de nueva generación. Función VDO Counter


En octubre del año pasado publiqué las novedades más interesantes que traía el Tacógrafo DTCO 2.0, sin embargo una de las novedades que trae este tacógrafo, la función VDO Counter, está pasando desapercibida.

¿En qué consiste esta función VDO Counter?


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La primera conductora de camiones en España


Siguiendo la propuesta de un lector para que se tratara el tema de la primer conductora de camiones en España, y con la ayuda de los seguidores de la página de facebook Tacograferos, he podido recabar toda la información posible sobre estas Señoras tan intrépidas. En aquellos años no era muy normal ver una mujer al volante de un camión o un autobús.

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Abertura del Tacógrafo Analógico


Continuemos por la senda de las consultas, en esta ocasión el debate se centra en: ¿se debe realizar alguna anotación cuando se abre el tacógrafo para retirar el disco diagrama y colocarlo en el tacógrafo de otro vehículo?.

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Datos sobre la Inspección del Transporte Terrestre en Europa





Inspeccionar en las sedes de las empresas es más efectivo que hacerlo en carretera; algunos países sancionan proporcionalmente a más vehículos extranjeros que a los nacionales; el uso cada vez más extendido del tacógrafo digital facilita tanto la realización de los controles como la detección de infracciones. Estas son alguna de las conclusiones que se pueden extraer de un informe elaborado por la Comisión Europea sobre la aplicación de la legislación relacionada con los tiempos de conducción y el tacógrafo.

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