tag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post5181771490393318478..comments2024-02-01T18:51:11.937+01:00Comments on Blog Tacograferos: Conducción Bisemanal "casos prácticos"Fulgenciohttp://www.blogger.com/profile/13024935649950654637noreply@blogger.comBlogger66125tag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-36195003853742634312017-11-25T13:18:45.367+01:002017-11-25T13:18:45.367+01:00Hola
Gracias por vuestras ayudas
Quiero saber por ...Hola<br />Gracias por vuestras ayudas<br />Quiero saber por favor la conducción del la noche del domingo y la mañana del lunes se entra con la semana anterior o posterior<br />Tengo saber si puedo conducir 10 horas 4 dias consecutivos el sabado y el domingo y se empieza semana nueva a las 1 del lunes<br />GraciasAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/13521856944039617211noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-43252657845667637402014-08-25T10:11:17.666+02:002014-08-25T10:11:17.666+02:00Hola Fulgencio,soy nuevo x akì,veo interesante k e...Hola Fulgencio,soy nuevo x akì,veo interesante k exista esta pagina para aclaraciones sobre el tacografo digital y tiempos d cond y desc.<br />T planteo una duda:tengo k recuperar <br />21 y 21horas respectivamente d 2 semanas con DSR,pero me cojo vacaciones el 1/9,¿cuando tengo k recuperar esas 42h?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-6054685518565552342013-09-28T09:18:13.117+02:002013-09-28T09:18:13.117+02:00Totalmente de acuerdo en esto............¿PERO DON...Totalmente de acuerdo en esto............¿PERO DONDE AHI QUE QUEJARSE?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07014134410980100537noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-57830747270383641432013-03-18T18:26:30.137+01:002013-03-18T18:26:30.137+01:00Esa interpretación de "semana laboral" s...Esa interpretación de "semana laboral" se aplica al descanso semanal, y en ese caso, sí que se utiliza el concepto de semana flexible.<br /><br />Un conductor puede comenzar su jornada laboral cualquier día de la semana, una vez que ha realizado su descanso semanal (normal o reducido), comienza su "semana laboral" con otros 6 períodos de 24 horas.<br /><br />En la conducción semanal y bisemanal no admite otra definición que no sea la del art.4.j) y art.4.l). <br /><br />Muy buen apunte.<br /><br />Gracias a tí Jofraesla por comentar ;)Fulgenciohttps://www.blogger.com/profile/13024935649950654637noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-47452480981539044832013-03-17T11:09:31.796+01:002013-03-17T11:09:31.796+01:00La interpretación de "semana" que da la ...La interpretación de "semana" que da la exposición de motivos del propio Reglamento 561/2006, en el punto 13, difiere de lo comentado , interpretando al respecto en su<br />punto 13 lo siguiente:<br /><br />(13) Es necesario prever definiciones completas de los términos principales para facilitar la interpretación de las disposiciones del presente Reglamento y garantizar su aplicación uniforme. Además, hay que proponerse como objetivo conseguir que los organismos nacionales de<br />control interpreten y apliquen de manera uniforme el presente Reglamento. La definición de «semana» contenida en el presente Reglamento no debe impedir que el conductor empiece su semana laboral en cualquier día de la semana.<br /><br />Sinceramente Fulgencio, creo que podrias aclarar el por que de esta aclaración que da el propio Reglamento.<br />¿ No sera talvez que admite la semana flexible?<br />Espero tu respuesta.<br />Muchas gracias.<br />Atentamente:<br />JofraeslaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-35505035707204410032013-03-17T10:42:30.895+01:002013-03-17T10:42:30.895+01:00La interpretación de "semana" que da la ...La interpretación de "semana" que da la exposición de<br />motivos del propio Reglamento 561/2006, en el punto 13 <br /> , difiere de lo comentado interpretando al respecto en su punto 13 lo siguiente: <br />(13) Es necesario prever definiciones completas de los<br />términos principales para facilitar la interpretación de<br />las disposiciones del presente Reglamento y garantizar su<br />aplicación uniforme. Además, hay que proponerse como<br />objetivo conseguir que los organismos nacionales de<br />control interpreten y apliquen de manera uniforme el<br />presente Reglamento. La definición de «semana» contenida<br />en el presente Reglamento no debe impedir que el<br />conductor empiece su semana laboral en cualquier día de<br />la semana.<br />Sinceramente Fulgencio creo que deberias aclarar el por que de esta aclaración que da el propio Reglamento. <br />¿ No sera talvez que admite la semana flexible?<br />Espero tu respuesta. <br />Muchas gracias <br />Atentamente :<br />JofraeslaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-67925969521593907872013-03-16T20:52:28.088+01:002013-03-16T20:52:28.088+01:00Gracias FulgencioGracias FulgencioAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/18251684722115391286noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-49356027535343546892013-03-16T19:44:49.380+01:002013-03-16T19:44:49.380+01:00Exacto...sobran más palabras.Exacto...sobran más palabras.Fulgenciohttps://www.blogger.com/profile/13024935649950654637noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-11342447203094009752013-03-15T19:32:58.138+01:002013-03-15T19:32:58.138+01:00Gracias Fulgencio; enorme post, enhorabuena.
A ve...Gracias Fulgencio; enorme post, enhorabuena.<br /><br />A ver si me entero.<br /><br />1- Un descanso de 9 horas ininterrumpidas me permite comenzar una nueva jornada,independientemente de lo que haya conducido.<br /><br />2- Un descanso de 24 horas ininterrumpidas me permite conducir durante 6 jornadas consecutivas, independientemente del dÍa de la semana que haya hecho las 24 hs. de descanso.<br /><br />3- Lo haga como lo haga lo anterior (punto 1 y 2) ¿El computo semanal y bisemanal siempre se hará de las 00:00 del lunes a las 24:00 del domingo U.T.C.?<br /><br />Gracias.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/18251684722115391286noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-43719194591085944992013-03-15T13:14:54.730+01:002013-03-15T13:14:54.730+01:00Gracias Fulgencio, me está costando mucho enterarm...Gracias Fulgencio, me está costando mucho enterarme de como hacer los calculos para no cometer infracciones. Espero que pongas otros casos practicos, porque aprendemos mucho con ellos.rosanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-36666318584886279332013-03-15T10:38:28.722+01:002013-03-15T10:38:28.722+01:00Volvemos a caer en el mismo error.
No se deben me...Volvemos a caer en el mismo error.<br /><br />No se deben mezclar los cómputos.<br /><br />Lo que se puede conducir de lunes a domingo durante una semana "natural" es 56 horas...bisemanal 90 horas, independientemente de que tengas un descanso semanal en medio de la semana o no.<br /><br />Dicho de otra manera, si con tu conducción semanal (de lunes a domingo) agotas las 56 horas el miércoles (cosa improbable) no podrás seguir conduciendo hasta el próximo lunes, aunque realices un descanso semanal el jueves y el viernes...y lo mismo aplicado para la conducción bisemanal.<br /><br />Repito son dos cómputos diferentes, no se puede mezclar el descanso semanal con la conducción semanal.<br /><br />El error se comete en realizar el cómputo de la conducción semanal o bisemanal de domingo a viernes p.e.j.; o de lunes al martes de la semana siguiente p.e.j.; aplicando la semana flexible, se debe analizar con la semana "natural" (desde el lunes a las 00:00 hasta las 24:00 horas del domingo durante una semana o dos respectivamente según sea semanal o bisemanal).<br /><br />Un saludo<br />Fulgenciohttps://www.blogger.com/profile/13024935649950654637noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-6649387842130732322013-03-14T21:37:41.919+01:002013-03-14T21:37:41.919+01:00Fulgencio a mí me pasa lo mismo no lo entiendo, en...Fulgencio a mí me pasa lo mismo no lo entiendo, en el caso que explica no se podría conducir el domingo según lo que tu dices, y según la normativa si podria conducir porque suponemos que de lunes a sabado conduce 56 horas, descansa el domingo haciendo un descanso reducido, empezaria de nuevo la conducción el lunes hasta el jueves cumpliendo así las 34 horas, haría un descanso normal el viernes y el sabado, por lo que el domingo según la normativa si puede conducir. ¡Que lio¡, intento ayudar a entender todo esto a mis hijos y cuando creo que lo tengo claro más me lio. Aclaralo por favor.rosanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-84005659605802016802013-03-14T19:56:47.610+01:002013-03-14T19:56:47.610+01:00Perdona pero no lo entiendo, mira este ejemplo , s...Perdona pero no lo entiendo, mira este ejemplo , si la primera semana conduzco 56 horas y la segunda 34 realizo el descanso de 45 horas entre jueves, viernes y sabado, ¿qué pasa que el domingo no puedo conducir?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-86420829983878713162013-03-14T16:46:52.296+01:002013-03-14T16:46:52.296+01:00Caso resuelto...ya tenéis mi opinión en el artícul...Caso resuelto...ya tenéis mi opinión en el artículo.<br /><br />Un saludo a tod@sFulgenciohttps://www.blogger.com/profile/13024935649950654637noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-17479538226714186812013-03-13T22:25:44.901+01:002013-03-13T22:25:44.901+01:00Creo que eso resuelve todas las dudas cada uno emp...Creo que eso resuelve todas las dudas cada uno empieza la semana laboral en cualquier dia, en este caso la empezó el domingo, después de su correspondiente descanso semanal, ese domingo fue el primer dia de su semana laboral aunque la conducción fuera de tan solo 4 horas, trabajo 6 dias y después hizo su descanso semanal correctamente, el fallo está en la segunda semana tenía que haber conducido solo 39 horas ( el viernes no debería haber conducido) al menos eso es lo que opino yo.rosanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-8848823603758452812013-03-13T10:09:00.819+01:002013-03-13T10:09:00.819+01:00no no Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-44485781650418739342013-03-07T23:40:19.477+01:002013-03-07T23:40:19.477+01:00ya que estamos ¿puedo utilizar un mismo disco para...ya que estamos ¿puedo utilizar un mismo disco para dos jornadas de trabajo?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-60056282407658196082013-03-07T14:21:25.581+01:002013-03-07T14:21:25.581+01:00Una pregunta, ¿el tiempo de disponibilidad cuenta ...Una pregunta, ¿el tiempo de disponibilidad cuenta como tiempo de descanso?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-16464516105441088692013-03-06T00:08:24.105+01:002013-03-06T00:08:24.105+01:00Sí la segunda semana haces 56 y la tercera 45, la ...Sí la segunda semana haces 56 y la tercera 45, la conducción bisemanal, serían 101 horas, por lo tanto falta lleveAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-52516756122774506922013-03-04T10:50:05.045+01:002013-03-04T10:50:05.045+01:00La pregunta del millón es,si la primera semana hag...La pregunta del millón es,si la primera semana hago 34 horas y la segunda 56 la tercera puedo hacer 45? o como me imagino solo podre hacer 34 aquí es donde veo yo el verdadero dilema gracias ,saludosAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/08092691968017201412noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-19752772932516008192013-03-01T17:03:53.730+01:002013-03-01T17:03:53.730+01:00Efectivamente así es, algunos estáis confundiendo ...Efectivamente así es, algunos estáis confundiendo la conducción semanal o bisemanal (0:00 h lunes/23:59 h domingo) con el descanso semanal (después de 6 periodos de 24 h desde que inicia el primer periodo de conducción después de un descanso semanal), no se pueden mezclar los conceptos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-69544369000527383832013-03-01T01:46:35.254+01:002013-03-01T01:46:35.254+01:00Creo que sería interesante respecto a esta cuestió...Creo que sería interesante respecto a esta cuestión, tener en cuenta la interpretación de "semana" que da la exposición de motivos del propio Reglamento 561/2006, en el punto 13 de su exposición de motivos o prologo , que dice textualmente :<br /><br />(13) Es necesario prever definiciones completas de los<br />términos principales para facilitar la interpretación de<br />las disposiciones del presente Reglamento y garantizar su<br />aplicación uniforme. Además, hay que proponerse como<br />objetivo conseguir que los organismos nacionales de<br />control interpreten y apliquen de manera uniforme el<br />presente Reglamento. La definición de «semana» contenida<br />en el presente Reglamento no debe impedir que el<br />conductor empiece su semana laboral en cualquier día de<br />la semana.<br /><br />¿que opinais al respecto?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-76078972128627390242013-02-27T22:13:58.127+01:002013-02-27T22:13:58.127+01:00Leemos el reglamento y no seria sancionable, pero ...Leemos el reglamento y no seria sancionable, pero quien es el valiente que no se caga los pantalones si te paran en el supuesto explicado.<br /><br />Excelente caso FulgencioAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-53289231785739858192013-02-27T19:32:10.963+01:002013-02-27T19:32:10.963+01:00Yo lo que veo en el caso practico es que no son do...Yo lo que veo en el caso practico es que no son dos semanas, sino tres, ya que el lunes corresponde el solo a una semanaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2321242917136992914.post-63869874900967849382013-02-26T17:52:38.368+01:002013-02-26T17:52:38.368+01:00Fulgencio cuando vas a dar la clave?.Fulgencio cuando vas a dar la clave?.Anonymousnoreply@blogger.com