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11 abril 2011

Canjear o inscribir un permiso de conducción comunitario en España


Voy a intentar dar unas pinceladas sobre uno de los temas que más dudas está generando a todos los conductores extranjeros en general y a mí en particular. El canjear o inscribir un permiso de conducción comunitario en España.

Es un tema muy complejo. Aprovecho esta entrada en el Blog para pedir la colaboración de todo aquél que quiera arrojar un poco de luz sobre este tema para que aproveche la ocasión.

Cuando se aprueba el RD 818/2009, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores se habla (entre otros muchos) de tres artículos clave que son el art. 15.4, el art. 16 y el art. 19. Es muy complejo porque entran en juego aspectos normativos de Tráfico, de extranjería, de circulación, médicos y, lógicamente aspectos internacionales como el canje, sin olvidar las infracciones y sanciones derivadas del asunto.

Los ciudadanos comunitarios no tienen la obligación de canjear o inscribir su permiso de conducción en España, es voluntario. ¿ siempre ? No. Hay dos casos diferentes que son los tipificados en los artículos 15.4 y 19 del Reglamento de Conductores.

Renovación e inscripción

Cuando un ciudadano comunitario haya adquirido su residencia normal en España quedará sometido a las disposiciones españolas relativas a su período de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos.

Si se trata de un permiso de conducción no sujeto a un período de vigencia determinado, su titular deberá proceder a su renovación, presentando el certificado de aptitud psicofísica, una vez transcurridos dos años desde que se establezca su residencia normal en España, continuando en posesión de su permiso de conducción, procediéndose a la anotación en el Registro del período de vigencia que le corresponda según su edad y la clase de permiso, previa verificación del mismo por la Jefatura, verificación que es indispensable.

La obligación de renovación lo es en ambos casos, permisos comunitarios con período de vigencia limitado, o con período indefinido. Se trata, realmente, de una inscripción, y la fecha de inscripción en el Registro es la que servirá para establecer el período de vigencia de las distintas clases de permiso que posea el interesado.

¿ y cuándo empieza a contar los dos años del artículo 15.4 ? en los casos en que sus titulares hubieran adquirido la residencia en España antes de la fecha de entrada en vigor de la citada norma  (9 de diciembre del 2009), el citado período de dos años empezará a computar desde esa misma fecha, por lo que esta obligación de renovación, les será exigible a partir del día 9 de diciembre del presente año.

Con respecto a la residencia normal ya en España, pasamos a depender de otra materia normativa. El artículo 21.2 C del Reglamento de Conductores lo explica bastante bien. 

Se entenderá por "residencia normal" el lugar en el que permanezca una persona durante al menos ciento ochenta y cinco días por cada año natural (6 meses). Debidamente acreditada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.


Canje de oficio


Las Jefaturas Provinciales de Tráfico procederán al canje de oficio de los permisos de conducción expedidos en cualquiera de los Estados miembros:

  1. Cuando, a consecuencia de la aplicación de la normativa española a sus titulares, sea necesario imponer adaptaciones, restricciones u otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación durante la conducción.
  2. Cuando su titular haya sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, a los efectos de poder aplicarle las disposiciones nacionales relativas a la restricción, la suspensión, la retirada o la pérdida de vigencia del permiso de conducción.
  3. Cuando sea necesario para poder declarar la nulidad o lesividad del permiso de conducción en cuestión.
Para poder efectuar el canje de oficio será necesario que el titular del permiso tenga su residencia normal en España.

Canje voluntario

El canje voluntario del permiso de conducción comunitario por otro español equivalente, podrá solicitarse en cualquier momento, siempre que el permiso comunitario estuviera en vigor. Siempre será necesaria la verificación previa del permiso que se pretende canjear.

Vigencia de los permisos de conducción

Los permisos de conducción comunitarios expedidos según la normativa comunitaria, mantendrán su validez en España, en las condiciones en que hubieran sido expedidos, pero la edad requerida para conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso español equivalente.

El tema de los períodos de vigencia de los permisos de conducción comunitarios vuelve a complicar más el asunto. El artículo 12 del Reglamento de conductores habla de dos grupos y establece unos períodos de vigencia genéricos normales. ¿ Para todos ? No. Aquí entra en juego otro tipo de organismo diferente: los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC). Este tema viene regulado por el Reglamento de Conductores Anexos IV y I, modificados por la Orden PRE/2356/2010, así como por el Real Decreto 170/2010.

Entiendo que la validez de los permisos nacionales en lo referente a períodos de vigencia se regula por el artículo 12 del RGC, pero ojo, si el médico del CRC en base a las enfermedades consignadas en los anexos mencionados y a tenor de las competencias atribuidas por el RD 170/2010 lo estimase oportuno, podría fijar un período menor. De igual manera que a un conductor comunitario que en una prueba psicofísica resultará que fuera necesario imponer adaptaciones, restricciones u otras limitaciones, se procedería a su canje de oficio.

Es un tema muy amplio, amplísimo diría yo, con posiblemente una de las casuísticas más complicadas porque estamos hablando de "canje de oficio" en el artículo 19, inscripción voluntaria en el 16, renovaciones "forzosas", canjes extracomunitarios, comunitarios y espacio económico europeo, períodos de vigencia normales, reducidos, donde entran en juego CRCs, extranjería, DGT, Embajadas, Consulados, etc.

 Resumiendo y a modo de conclusión se pueden extraes varias cosas:

1.- Canjes e inscripciones, como norma general son voluntarias. Ojo hay que diferenciar si es comunitario o no comunitario que la cosa cambia. Artículos 15, 16,  y 21 del Reglamento de Conductores.
2.- Residencia normal. Hay que acudir a la Ley Orgánica 4/200, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
3.- Períodos de vigencia: artículo 12 y Anexos IV y I, en este orden, del Reglamento de Conductores.
4.- Canje voluntario: artículo 18 RGC.
5.- Canje de oficio: artículo 19 RGC.
6.- Permisos válidos para conducir en España: artículo 21 RGC.

Estoy abierto al debate.

60 comentarios:

  1. Un tema interesante pero bastante farragoso.
    Ni siquiera en Jefatura provincial se aclaran muchas veces.
    En principio tal y como lo expones, queda bastante clarito, pero efectivamente, el problema seria para los ciudadanos no comunitarios, si existen convenios, o convalidacion de prueba teorica o de prueba practica.

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  2. antes de nada agradecerte esta nueva entrada que me imagino nos genera a todos muchas dudas

    Te expongo algunas de ellas:
    -Permiso comunitario que se encuentra en vigor y le quedan 5 años para que le caduque y su titular reside desde hace 3 años en España:
    a) debe hacer AHORA esa inscripción o bien cuando le fuera a caducar su permiso ya que esta en vigor ?
    b) el titular realiza esa inscripción en JPT pero esta obligado a realizar canje y obtener un PNC español o podria realizar dicha inscripción y seguir con su PNC de su pais de origen siempre que el mismo se encuentre en vigor ?

    gracias y un saludo

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  3. esta consulta te la constesto después de las vacaciones de Semana Santa...un saludo

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    1. elrinconero44@gmail.com25 de junio de 2016, 22:20

      Mi pregunta....soy español vivo en Alemania poseo permiso alemán desde hace 22 años...por ser español debo cangearlo!!!!

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  4. Magnífico trabajo que nos aclara muchas dudas.Esperamos tu regreso de vacaciones, para que contestes las preguntas de cenotes.

    Saludos Suaves.

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  5. Para el caso de los comunitarios con PNC con periodo de vigencia, entiendo que dicho canje no es obligatorio sino voluntario, fuera de los caso en que JPT se lo canjee de oficio por infracciones que lleven detracción de puntos. Esa es mi opinión al respecto por el caso que presenta Sempre Suave.
    Por lo que su PNC Cee SERIA VALIDO DENTRO DE SU periodo de vigencia aunque fuera residente más de seis meses y no estaria obligado a realizar el canje.

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  6. Ya estamos de vuelta.

    CENOTES

    Con respecto a tu consulta:

    Mira, debe considerarse que el Estado miembro de residencia normal tiene competencias exclusivas para todo lo relativo a la renovación ( NO INSCRIPCIÓN NI CANJE) de los permisos, incluidos los permisos expirados , que deben renovarse en las mismas condiciones que los permisos expirados expedidos por el Estado miembro de residencia normal.

    No cabría por tanto el canje, pero sí la sustitución. ( Otra cosa es que el R.G. Conduct. lo diga ) Nos tenemos que remitir al apartado E-3, parte II de la comunicación interpretativa de la Comisión sobre los permisos de conducción comunitarios 2002/C 77/03. Vamos claro no , cristalino diría yo, al alcance de cualquiera.

    Pero... la cosa sigue complicándose...

    Si entendemos por extranjeros a los extracomunitarios, el hecho de renovar su permiso de conducción siendo residente en España, no constituye ningún obstáculo para el canje, ya que en los Convenios se exige únicamente la residencia en el momento de la obtención del permiso, y la renovación la realizan en su país de conformidad con la normativa del mismo.

    Si son ciudadanos comunitarios, la tramitación de la renovación debe efectuarse en el país de residencia, es decir, lo que señalaba antes.

    Seguimos con las dudas y con las complicaciones:

    No podemos olvidarnos del artículo 15.4 del reglamento de conductores donde habla de la "anotación" del permiso comunitario indefinido. La cosa no está clara porque a partir del 9-12-2011 tendrán que pasarse por las jefaturas provinciales de Tráfico y proceder a su renovación. Es decir, acudirá al psicotécnico y se le hará una renovación.

    La inscripción, según el artículo 16 es voluntaria, entonces no se le puede obligar. Queda en el aire (lo están estudiando en la DGT) , si fuera posible, una inscripción "de oficio" o cómo hacer las anotaciones o tomas de datos de los comunitarios en las bases de datos para el registro de puntos y evitar que se vayan de "rositas" en caso de infracciones tasadas con detracciones como dice el artículo 65 de la Ley.

    Por tanto, no tiene que hacer inscripción si no quiere, cuando le caduque el permiso tendrá que renovar en España, como indicaba anteriormente.

    El canje en principio tampoco es obligatorio, un comunitario puede conducir por España tan tranquilo, salvo que se empiece a aplicar el artículo 19 del reglamento de conductores. Si quiere hacer canje puede hacerlo perfectamente. Si quiere inscribir lo mismo.

    Ya te digo que la inscripción es voluntaria. Los titulares de permisos de conducción expedidos en cualquier Estado de la UE/EEE que hubiera adquirido su residencia en España, podrán solicitar en cualquier JPT la inscripción. Requisitos: Verificación de su país, permiso en VIGOR.

    Saludos

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  7. recibido + gracias

    saludos

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  8. pero que es el canje de oficio?

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  9. Hola,mi novio es de Bulgaria y se saco el carnet en su pais siendo residente en España,ahora quiere convalidarlo por el español y dicen que no pueden,que tiene que sacarse uno nuevo español,autoescuela y demas..¿Hay alguna manera de poder canjearlo sin tener que pasar por todo esto denuevo?GRACIAS

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  10. Tengo una pregunta...vivo en Alemania y en breve vuelvo a España tras largos años,aqui el carnét de conducir no caduca ¿ que debo hacer al llegar a España? decir que fijaré mi residencia de nuevo ahi.
    Gracias de antemano

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  11. El reglamento de conductores exige que una persona no puede tener más de un permiso expedido en más de un país.

    Si el permiso es alemán, indicarle varias cosas: Lo ideal es que tendrá que hacerse un canje por uno español, incluso desde España podríamos renovar, pero en la práctica es como un canje porque hay que pedir verificaciones a Alemania y los trámites administrativos son los mismos, no se llama canje, si no renovación, pero como nosotros no podemos fabricar un permiso alemán, sino español, en la práctica es lo mismo. Aunque eso sí, con el alemán en España puede conducir tranquilamente.

    Saludos

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  12. Muy interesante el Blog.
    No habéis comentado el tema de los residentes comunitarios mayores de 65, cual es mi caso. Cada 3 años tengo que pasar por el examen psicotéctico (en Alemán: Idiotentest), ir a la Campana (Barcelona) hacer una cola quilométrica, presentar el formulario, entregar fotos, pagar derechos, entregar mi carnet alemán, recibir un "provisional" que no me permite salir de las fronteras de España y esperar... hasta que me notifiquen que ya puedo recoger mi "nuevo" carnet, que resulta ser el mismo que entregué. Si fuese guapo, entendería que alguna chica en la DGT se quedase con mis fotos. Pero ya no inspiro ni un mal pensamiento. En Alemania los permisos de conducir son vitalicios. Los conductores se someten a tests psicoténicos tan solo cuando les han retirado el canet (puntos, orden judicial, etc). No obstante no parece que en Alemania sean peores conductores que en España. Cualquier medida, por más tonta que parezca, tiene una base bien fundamentada. No por eso deja de ser una medida tonta. Si lo aceptamos todo, el legislador (que tiene una imaginación incontenible) terminará determinando qué tipo de personas pueden conducir en Autopista o a qué velocidad máxima pueden conducir las personas, dependiendo de su edad o de los puntos positivos hayan sacado en un examen psicotécnico "ad hoc" (examen al que, naturalmente, hay que sometersse cada 15 días, porque "las personas cambian". En España se exige más que en muchos otros países de la Comunidad. Por eso nos va como nos va...

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  13. Hola buenos días, he leído con atención el siguiente post pero me gustaría asegurarme que lo he entendido bien.

    Mi situación es la siguiente:

    tengo el carnet de conducir de Pais Europeo ( comunitario ) tengo residencia legal en España desde hace más de 3 años .

    ¿Mi carnet es valido para seguir circulando en España en esta situación con este carnet? sino que es lo que tengo que hacer?

    soy Obligado a Canjear'lo ?

    gracias

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  14. Buenos días a todos, soy ciudadano alemán, tengo residencia permanente en España. Tengo carnet de conducir alemán, que es vitalicio. ¿Estoy obligado a canjearlo? Un cordial saludo, Otto.

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  15. Buenas tardes tiene la contestación en las respuestas anteriores...saludos

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  16. hola!!!
    Me gustaria saber que hacen con el permiso de conducir la dgt cuando algun extranjero lo canjea.Lo mandan ellos al pais de origen o por el contrario lo retienen en las dependencias de la misma dgt? Y cuando canjeas tu permiso espanyol en otro pais de la CEE,lo envian ellos a Espanya?
    gracias.

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  17. Lo siento no tengo esa información.

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  18. hola!
    Tengo el permiso de conducir francés y soy residente en España desde hace mas de tes años.
    Me multaron con 500 euros por este motivo y me piden que inscriba o canjee mi permiso para legalizar la situación Y para ello tengo que pasar un psicotécnico .Mi pregunta es:Me pueden multar por este hecho
    Estoy obligado a inscribir mi permiso
    Puedo conducir en España en estas circunstancias
    En caso de que inscriba mi permiso estaré sujeto a la normativa española,pero en el caso de que pierda los puntos que pasara con el permiso original y que tendré que hacer para poder seguir conduciendo en España

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  19. hola
    tengo el carné de un país europeo desde el marzo 2007,y la residencia desde del enero 2007,es obligatorio canjear el carne por uno equivalente?
    Muchas gracias
    Luciano.

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    1. Articulo 16 Iscripcion de los permisos de conducir en el registro de conductores e infractores
      1-los titulares del permiso de conduccion expedido en cualquier estado de la comunidad económica europea q hubiera adquirido su recidencia habitual en españa , podrán solicitar voluntariamente en cualquier jefatura provincial de trafico la anotación de los datos de su permiso en el registro de conductores e infractores
      Articulo 17 sustitución del permiso en caso de sustracción , extravío o deterioro del original por el correspondiente permiso español
      -En caso de sustracción o estravio o extravío podrá solicitar un duplicado en cualquier jefatura de trafico q lo otorgara sobre las base de la información q en su caso conste en el registro , a ser necesario con un certificado de las autoridades competente del estado q haya expedido el permiso.


      Cuando la causa sea por DETERIORO del original , el permiso sustituido será retirado por la jefatura de trafico y REMITIDO a las autoridades competentes del estado que lo hubiera expedido a través de las oficinas diplomáticas o consular ( la jefatura de trafico Española no se queda en sus instancias con los permisos extranjeros sustituidos , los manda a su país de origen ).

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  20. Hola,

    En mi caso tengo carnet de conducir Britanico. Lo que pasa es que lo tengo pro haber canjeado un carnet de conducir Neozelandes.

    Hace unos anios intente canjearlo por un Espaniol por no tener problemas.

    Despues de 3 meses me contestaron que no se podia hacer como no tienen acuerdo con NZ y porque procedia de un carnet de NZ!

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  21. Hola, muchas gracias por la información, es muy útil.
    Me queda una duda al respecto. Si alguien posee un carnet expedido por un país miembro de la Unión Europea y cambia su residencia a España, teniendo el carnet una vigencia superior (aunque no ilimitada) a los 10 años que se estipulan es España (digamos, por ejemplo, que en el momento de cambio de residencia, el carnet tiene una vigencia de 25 años más), es obligatorio el cambio al carnet español, o puede continuar circulando hasta la fecha de caducidad del carnet?
    Entiendo que la renovación ya sí que se hará de acuerdo con la normativa española.
    Muchas gracias.
    Un saludo

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    1. Puede Uds. seguir conduciendo con su carnet europeo sin problemas, saludos.

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    2. Muchas gracias por la respuesta. Era lo que pensaba, pero al ser el periodo en España menor, me quedaba la duda.

      Un saludo

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  22. hola, somos una empresa y hemos identificado a un conductor con NIE, y permiso de conducior frances, y la jpt, nos ha devuelto un incumplimiento, puede ser por no haber canjeado el permiso??

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    1. "El titular de un permiso de conducción expedido en uno de estos Estados que haya adquirido su residencia normal en España quedará sometido a las disposiciones españolas relativas a su período de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos."
      "El titular del permiso de conducción que haya adquirido su residencia normal en España (NIE), y deba someterse a la normativa española de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, una vez superada la prueba de control de aptitudes psicofísicas, continuará en posesión de su permiso de conducción, procediéndose a la anotación en el Registro de conductores e infractores del período de vigencia que le corresponda según su edad y la clase de permiso de que sea titular." Art. 15.4 y 5 Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

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  23. Hola, tengo permiso de conducir emitido por Uruguay. Yo tengo residencia en Alemania y aquí no puedo hacer el canje, sino que debo hacer el trámite de una licencia por primera vez. Vi que en Espania hacen el canje ya que existe convenio con Uruguay. Bajo estas circunstancias, puedo hacer el canje en Espania? Muchas gracias.

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  24. Tengo doble nacionalidad (espanola y venezolana) vivi en Japon y obtuve la licencia japonesa, luego al residenciarme en Alemania canjee la japonesa por la alemana y es de las que no caducan (especie de librito rosado). He vivido en otros paises y siempre me han dado la licencia sin retirarme la alemana. he conducido como turista en diferentes paises con la alemana y nunca tuve problemas por tener una licencia alemana siendo yo de otra nacionalidad. Actualmente me encuentro registrada en Espana pero apenas paso un par de semanas en el pais ya que debo volver a residir en Japon. Hoy me detuvo un fiscal y me dijo que no podia circular con la licencia alemana porque yo era espanola y que debia canjearla porque no era la comunitaria sino la alemana. (la que nunca vence) Segun lo que he leido de otros casos en esta pagina tengo dudas ya que a mi caso se le suma la doble nacionalidad.

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  25. Buenas.
    Tengo una duda con permisos comunitarios.
    Mi caso es siguiente:
    Soy extranjero, eslovaco.Vivo ya hace 7 años en islas canarias y dispongo de un permiso de conducir comunitario emitido en mi pais de origen que es Republica Eslovaca(tambien pais EU) Este permiso no tiene caducacion. Ahora policia en islas sacan multas 500 euro por conducir con permisos de otros paises y dicen que es obligatorio cambiarlo por permiso de espana. Fui en transito para cambiarlo. Sorpresa, me dijieron que no tengo porque cambiarlo. Entonce realmente no se que tiene uno hacer. ¿Tengo obligacion cambiarlo despues de vivir aqui 6 meses mi permiso unitario por permiso espanol o es solo mi voluntad? Me pueden multar por no cambiarlo?
    Gracias

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  26. Hola!!
    tengo permiso de conducir de mi pais de origen(Marruecos), y resido en España desde hace 9 años el problema es que dispongo del permiso de conducir despues de otbtener mi residencia en España y segun me han dicho no hay manera de canjearlo, y acada vez que me pilla la policia me multan, me gustaria saber si hay alguna forma de canjearlo. Gracias!!!

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    1. La ùnica alernativa que tiene es examinarse y obtener el permiso de conducir español.
      Le recomiendo se inscriba en una autoescuela para superar el examen teórico y pràctico. Mucha suerte.

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  27. Igual pasa en provincia de Alicante. .. aunque en los folletos informativos de la DGT se dice que tanto el canje como la inscripción del carné es un acto voluntario, siguen multando por la carrera, sobre todo a los ingleses.
    Para evitar las problemas estoy pensando en inscribir mi carné de conducir. Me podría ayudar alguien en escribir la solicitud, que es exactamente lo que solicito... inscripción en... lo siento, pero no se. Gracias por su ayuda!

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  28. Buenos días! Me gustaría saber si para obtener el permiso de conducir en Alemania hay que pasar un psicotécnico.
    He leído por arriba que si te retiran el permiso por pérdida de puntos o por vía judicial si que hay que pasar el psico, pero me imagino que también habrá que pasarlo para obtenerlo por primera vez verdad? Gracias de antemano!

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  29. Hola,tengo nie y residencia española desde 2004.Me he sacado carne de conducir en Bulgaria en augosto de 2009.
    Hace dos dias me multaron 500e por conducir con este carnet.Estoy obligado cambiar el carnet y que hay que hacer?

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    1. Hola,
      He visto su pregunta y a mí me ha pasado lo mismo. Me han puesto una multa de 500€ porque según dijo el guardia civil, tengo que canjear mi carne de conducir de Rumanía por el español pues resido en España 15 años. Y hay personas que me dicen que no hace falta. Estoy liado. Por favor me podría usted decir lo que le han contestado sobre el tema. Muchas gracias.
      Mi mail es: jtortosa@cableworld.es

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  30. hola, cuando canjeas un carnet de conducir de la comunidad europea en espanol cuantos puntos tienes, eske tengo un radar y me tienen que kitar 6 puntos y me da miedo para que no me kita el carnet, gracias.os dejo mi correo si alguen me puede contestar, al_tau1981@yahoo.com

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  31. Hola tengo una duda
    Soy extrajero y no me a canjelado el carnet de conducir y me pararon la guardia civil y me a dichio q tengo que registrarlo en trafico si tengo mas de 2 o 3 años en españa
    pero la duda es que si tengo un radar y no le a pagado puedo cambiarme el carnet de conducir en español que los pundos me da igual
    si alguno save algo de esto decirmelo
    esto en mi correo blackforce89@hotmail.com
    Un saludos y gracias

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  32. hola tengo una pregunta soy colombiano y vivo en inglaterra pero tengo nacinalidad britanica puedo cambiar la licencia de conducir colombiana por la espanola ya que aca no se puede cambiar y que debo hacer gracias por la respuesta

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  33. Buenas, mi marido es italiano y reside en España desde hace 8 años, se le caduco el carné de conducir y hizo el canje en tráfico en febrero y estamos casi en junio, cuánto tiempo tenemos que esperar más para que lo reciba. Gracias

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  34. Estoy buscando trabajo en Alemania, pero cuando veo los requisitos para el trabajo, muchas siglas no las entiendo. Me gustaría que alguien me las explicara. Me refiero a los carnets profesionales . gracias

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  35. ola mi marido es portugues y tiene el carnet portugues, esta residiendo en españa desde 2008 y tiene el carnet portugues desde 2008,tiene ke kanjearlo o no??
    mil gracias de antemano

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  36. ESTEFANIA

    Hola mi marido es francés y lleva 7 años en españa pero no se enteró de que había que canjear el carnet de conducir en enero de 2013, el caso es que hace dos meses le robaron toda la documentacion y ahora el consulado frances no le da mas que una autorizacion provisional del canet que cadua en una semana y mientras en la dgt siguen sin poder confirmar la existencia de su antiguo carnet de conducir frances para que pueda proceder a un canje por uno español... hay alguna opcion mas para conseguir una prolongacion mas tanto del consulado como de la dgt? gracias

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  37. Hola tengo una duda. Mi novio es rumano lleva desde el 2008 empadronado en españa, tiene NIE, y también tiene dni y pasaporte rumanos al día y los renueva cuando toca.
    Se quiere sacar el carné de conducir en rumanía pq es mas barato y le va mejor por el idioma.
    Luego en españa puede conducir con este carné? He leído por ahí, que al vivir en españa se lo tiene que sacar aquí?
    Gracias.

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  38. Está usted en un problema financiero y el banco le de préstamo tiene negar aquí está tu oportunidad de obtener cualquier tipo de préstamo que desea la firma préstamo financiero marco está dando crédito a una tasa de 2% y damos de 3,000.00 euros a 100,000,000.00 euros del 1 año a 50 años interesado debe póngase en contacto con nosotros por correo electrónico: mr.mikeblakemore@hotmail.com

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  39. Hola , me llamo juan , y quieria hacer una pregunta que yo ya no entiendo nada ! hoy 19.02.2014 estaba conduciendo en barcelona cuando me paro la policia y me multaron 500 euros por tener el permiso rumano , tengo residencia normal en españa deste hace 4 años , hace 4 meses he ido al trafico para hacer un canje o inscripcion del permiso y alli me han dicho que no tengo que hacer nada y que puedo conducir sin problemas . ahora me encuentro con una multa de 500 euros .. de verdad que es algo que no lo puedo entender .

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  40. Hola, quiero saber si puedo recurrir una multa que me han hecho denunciando que estaba conduciendo un vehículo a motor (motocicletas 125cc) con un permiso que no me habilita para hacerlo .soy italiana, vivo en Barcelona desde hace 10 años. tengo un permiso de conducir clase B, emitido en el año 1997 y las veces que me han parado nunca me han dicho nada sobre ese tema. gracias.espero vuestra ayuda

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  41. Hola:
    Mi compañero es Español con carnet de conducir Aleman. Esta residiendo en Tenerife y ha extraviado el DNI y su carnet de conducir Aleman. Que hay que hacer para sacar duplicado del carnet de conducir?
    Muchas Gracias

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  42. Hola,
    ayer me multaron por conducir una moto 125 con carnet italiano. Según el policía puedo conducir en españa un coche pero no una moto. Llevo 7 años aquí de los cual 3 con la moto y ya me pararon si notificarme ningun problema.
    Ahora resulta que me han metido 500 euros de multa y si pago antes 250. Hay manera de solucionar este tema? El policía me habló de inscribirme en el registro de conductores mientras otra gente me comentó que se cambió el carnet de conducir italiano al español.
    1) ¿podría recurrir a esta multa?
    2) ¿como soluciono el tema de conducir?

    gracias y saludos!

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  43. Hola,

    actualmente resido en Alemania, y dispongo de carnet español. A un amigo mío residente en la misma ciudad le han puesto una multa que implica retirada de puntos. Si para evitar la pérdida de sus puntos alego que soy yo el conductor, ¿pueden quitarme puntos de mi carnet o al ser un permiso español aquello no repercute en nada? ¿que consecuencias pueden haber?

    Muchas gracias!

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  44. hola tengo licencia de conducir de ecuador con fecha de inicio en 29-12 -2009 y tengo resisdencia de trabajo desde 2005 pero tengo doble nacionalidad por residencia desde 15-03-2014 me gustaría saber si puedo canjear la licencia de ecuador por la española

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  45. Tengo licencia britanica desde 1989 aun vigente, ya que es valida hasta 2020 a. En 2004 me mude a Singapur y tengo la licencia valida de Singapur. Hace dos meses me mude a Malaga donde ahora resido. No se si tengo que actualizar mi licencia, y si es asi, cuales son los requisitos (Ctfdo medico, padron..??? ) Gcs

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  46. a ver una pregunta yo vivo en España casi 5 años pero hace 3 meses atrás viaje a mi país Bolivia y me lo saque hay y no se si ahora se puede cangear eso aquí en España o no por que yo no me lo saque debido a lo que era menor de edad ahora tengo 21

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  47. Hola,estaba leyendo todo esto,pero la verdad es que cada caso es diferente al otro,y al final hay que preguntar por cada situacion en parte:pf si me pueden ayudar,soy portugues y resido en España desde el 2006,el carnet lo tengo del 2003 de Portugal,era para 10 años y lo he renovado en enero 2013 en Portugal,pq no tenia ni ideea de esta ley.A mi me gustaria conservar mi carnet portugues por el trabajo(soy camionero en una empresa portuguesa) por si en un futuro sacara Portugal una ley igual,como trabajare? en fin,me pueden ayudar pf,en mi caso podria inscribir mi carnet portugues en el Registro de Conductores y quedarme con el o es obligatorio canjearlo? Gracias antemano.

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  48. Hola soy de Bulgaria, soy rezidente en Espania desde 2006 y me he sacado las categorias C y E despues de la rezidencia- C- 2010 y E- 2012. Queria canjear mi carnet de conducir con uno espano, porque trabajo como chofer internacional y ya me multaron 200€ en Irun por tener carnet de conducir bulgaro. Me estan deciendo que como tengo las categorias de camion despues de la rezidencia me van a canjear solo la categoria B de coches , pero hasi voy a perder mi carnet de camion I no voy a poder a trabajar.Mi pregunta es que nesecito para canjear mi carnet profesional o solo poedo puedo inscribir me en el registro de los conductores del trafico I puedo seguir trabajando con mi carnet de Bulgaria I que tengo que haser por inscribir me porque en la jefatura de trafico no me dan ninguna informacion I no se lo que tengo que haser?
    Gracias I si alguen save algo por la tema por favor a contestar me .
    Hay muchos casos como el mio I la jente esstan muy liados porque nadie no da informacion por este problema.
    Mi email es. georgiryadkov@abv.bg podeis contestar me aqui.
    Gracias I saludos

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  49. Hola!Quiero comentaros y pedir ayuda....Soy de Bulgaria(mi pais edta en UE ) fui a inscribir o canjear mi carnet de conducir,porque dicen que es obligatorio y del trafico de Palma de Mallorca me dijeron que mi carnet de conducirde Bulgaria NO ES VALIDO PARA ESPAÑA,porque soy residente desde 2007 y me fui da vacaciones unos casi 6 meses a mi pais y he aprovechado hacer el curso alli,primero porque es mi idioma y segundo porque es mas-barato y tercero porque durante un mes de practica iba cada dia 60 men.a conducir.Pues eso me dicen,si eres residente de España y luego te sacas el carnet de conducir en Bulgaria,no te sirve en España.Tienen derecho multarme 300 euros y quitarme el coche.Me dicen apuntarme en una autoescuela.....Tengo coche y llevo desde 2009 conduciendo...ahora me dicen que hay que ir a apuntarme de nuevo en una autoescuela.Si alguien me puede consejar.....Muchas gracias!!!

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  50. Hola Buenos días. me presento con un caso, a ver si me pueden ayudar. Gracias de antemano
    Un amigo argentino, que tuvo residencia en Barcelona, donde canjeó en su momento el registro de conducir, posee problemas para volver a canjear su registro en su país natal. El problema es que le piden una carta de autenticidad del registro que le canjearon aquí.
    A mi me pide el favor de hacerle el trámite en Barcelona. Cuando voy a la DGT , me dicen que esta carta la debe pedir el titular y éste hacer el susodicho trámite.
    Cosa que el titular me niega, ya que en Argentina, le dicen que se me da un poder de gestión, podría solicitarlo yo y luego enviárselo.
    En definitiva tengo dos preguntas:
    1) esto no puede hacerse entre consulados mas fácilmente desde allí? Me parece muy raro que cuando ha entregado su permiso aquí en Barcelona, los dos organismos, gestionaron el canje sin pedir ninguna carta de autenticidad. Y ahora que quiere volver a su estado anterior, le piden este certificado.
    2) Si me tiene que hacer un poder, que es lo que debe de decir (detalladamente por favor) para que me haga un poder con apostillado de Haya, y así pedir la dichosa carta?
    PD: Existe otra solución?
    Muchas gracias por su pronta respuesta.

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  51. Hola tengo doble nacionalidad, colombiana y holandesa, actualmente resido en espana por ser comunitaria, puedo canjear mi carne de conduccion colombiano por el espanol?

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  52. Hola buenas tardes. Mi consulta es la siguiente, una amiga es Argentina con residencia aquí en España, realizó su canje de permiso por el español, ahora por motivos laborales se ha desplazado a Alemania, a la hora de canjear su permiso le dicen que no es posible porque Alemania no tiene convenio con Argentina. Mi amiga viene a España para obtener el permiso Español ya que en Alemania con el idioma es impensable y aquí le dicen que como su permiso esta en vigor por el canje del de Argentino no lo puede obtener.... me podrían dar una solución a todo este caos, estaríamos muy agradecidos

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