El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con el objetivo de facilitar una estructura más óptima del sector con la mejora del tamaño y equipamiento de las empresas.
El nuevo texto, que se adapta a las directrices comunitarias, pretende también mejorar aspectos profesionales formativos y tecnológicos, reducir restricciones mercantiles y eliminar cargas administrativas innecesarias.
Los ámbitos de actuación de esta modificación legislativa se circunscriben a la gestión de los servicios públicos de transporte de viajeros por carretera y ferrocarril, el acceso a la profesión de transportista y al mercado de transporte internacional de mercancías y viajeros.
Las novedades más destacadas se refieren a un regulación más pormenorizada del Registro de Empresas y Actividades de Transporte, mediante el refuerzo de la publicidad de alguno de sus contenidos y su coordinación con el Registro Mercantil.
Otro hecho novedoso es la modificación de la definición de transporte ferroviario para armonizarla con la Ley del Sector Ferroviario.
Por lo que respecta a reducción de cargas administrativas, prima, entre otros, la eliminación de la autorización de Operador de Transporte para el caso de transportistas que ya disponen de autorización para transporte de viajeros y con determinados condicionamientos, en el caso de transporte de mercancías.
Asimismo, se elimina el cumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa comunitaria para los transportistas que pretendan obtener autorización de transporte público de mercancías con vehículos ligeros.
Se hace posible, por parte de las empresas, no tener que presentar los documentos relativos al domicilio y capital social una vez que se coordine el Registro de Empresas y Actividades de Transporte con el Registro Mercantil.
El nuevo texto modifica el régimen sancionador fruto de los acuerdos alcanzados con el Comité Nacional del Transporte por Carretera.
Al mismo tiempo, armoniza la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres con otras leyes de ámbito nacional dictadas en los últimos años, como la Ley del Sector Ferroviario, la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías y la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.
Fuente: Expansión
¿ Entonces si tengo una autorización de transporte VD ya no necesito otra o no es necesario renovar ? No lo entiendo , ¿estara ya actualizao el texto en la Web de fomento ?
ResponderEliminarHabrá que esperar a que la publiquen para responder a muchos interrogantes.
ResponderEliminarSaludos
tienes el borrador fulgencio?
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