Según el Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD), la propuesta de revisión de la legislación de la Comisión sobre los tacógrafos, que pretende hacer uso de nuevos desarrollos tecnológicos para mejorar la eficacia de los tacógrafos digitales en contra de los manuales, invade la privacidad de los conductores profesionales de forma clara. La causa son los nuevos avances tecnológicos para mejorar la eficacia de los tacógrafos digitales, en particular el uso de equipos de geo-localización y las instalaciones de comunicación a distancia.
El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) ha aprobado un dictamen sobre la propuesta de la Comisión Europea para revisar la legislación comunitaria sobre los tacógrafos. La revisión tiene la intención de hacer uso de los nuevos desarrollos tecnológicos para mejorar la eficacia de los tacógrafos digitales en contra de los manuales, en particular mediante el uso de equipos de geo-ubicación y las instalaciones de comunicación a distancia. La iniciativa por lo tanto a juicio del SEPD, invade la privacidad de los conductores profesionales ya que permite el seguimiento constante de su paradero, así como la vigilancia remota de las autoridades de control que tendrán acceso directo a los datos personales de los conductores almacenados en el sistema.
Con respecto a estos resultados, el Supervisor insta a la Comisión a que actualice las especificaciones técnicas y medidas de seguridad correspondientes a las tecnologías que se asocian con los nuevos dispositivos para evitar discrepancias en su aplicación por la industria. El Supervisor también recomienda a la Comisión que se excluya la instalación y el uso de dispositivos con el propósito directo y principal de permitir a los empleadores controlar de forma remota en tiempo real las acciones o el paradero de sus empleados y también que se establezcan claramente las modalidades generales de tratamiento de datos personales en los tacógrafos, como los tipos de datos registrados en el tacógrafo y en equipos de localización geográfica, los beneficiarios y los plazos de retención de datos. Por otro lado, los requisitos de seguridad para el tacógrafo digital establecidos en la propuesta deben ser desarrollados aún más, en particular, para preservar la confidencialidad de los datos, para asegurar la integridad de los mismos y prevenir el fraude y la manipulación ilegal. Además la introducción de cualquier actualización tecnológica (por ejemplo, comunicación a distancia, sistemas inteligentes de transporte) en los tacógrafos debe estar debidamente acompañada de evaluaciones de impacto en la privacidad.
Por otro lado, el dictamen de la SEPD acoge con satisfacción la inclusión de una disposición específica sobre protección de datos que promueve el principio general de privacidad desde el diseño y subraya la responsabilidad de los propietarios de los vehículos y/o empresas de transporte para cumplir la ley de protección de datos. Sin embargo, el Supervisor hace hincapié en que esta disposición no es suficiente para abordar todas las preocupaciones sobre protección de datos relacionados con el uso de los tacógrafos. Por ello pide garantías adicionales de protección de datos, para así garantizar un nivel satisfactorio de protección de datos en el sistema.
El que tenga interés en leer el dictamen le dejo el enlace:
Dictamen (en inglés)
Fuente: Euroalert