La comisión europea ha publicado el Reglamento de ejecución 2017/548 DE LA COMISIÓN de 23 de marzo de 2017 por el que se establece el formulario estándar de la declaración escrita sobre la retirada o rotura del precinto de un tacógrafo.
El Reglamento (UE) n.o 165/2014 establece requisitos administrativos y técnicos relacionados con la fabricación, instalación, utilización, ensayo y control de los tacógrafos empleados en el transporte por carretera.
En el artículo 22, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 165/2014 se establece que, en los casos en que se retire o rompa un precinto para realizar una reparación o modificación de un vehículo, debe conservarse a bordo de él una declaración escrita en la que consten la fecha y la hora en que se ha roto el precinto y se expongan los motivos de su retirada.
El Reglamento (UE) n.o 165/2014 dispone que la Comisión debe establecer un formulario estándar de dicha declaración.
El empleado del taller que haya retirado o roto el precinto de un tacógrafo para realizar una reparación o modificación de un vehículo, tal como se contempla en el artículo 22, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 165/2014, cumplimentará, firmará y sellará una declaración escrita con la información establecida en el anexo del presente Reglamento. El original de la declaración escrita se conservará a bordo del vehículo, y una copia sellada de la misma permanecerá en el taller en el que se haya retirado o roto el precinto.
Puedes descargarlo aquí:
Gracias por la información.
ResponderEliminarUn saludito...
Gracias por la información pero me surgen unas dudas .
ResponderEliminarSi un taller ha retirado el precinto y rellena la declaración escrita correctamente ¿sera necesario pasar una revision por llevar el precinto roto o no seria necesario al llevar la declaración escrita ?.
Si el taller que retira el precinto aparte de ser un taller tambien es un centro tecnico de tacografos ¿ tiene que hacer ese mismo escrito o esta obligado a pasar revision por romper un precinto ??
Un saludo y gracias.