Certificado de Aptitud Profesional (C.A.P)


Actualización 19 de septiembre de 2012

Nunca me cansaré de dar las gracias a los lectores de este Blog, Inma nos aporta una información relevante con respecto a los cursos CAP, las empresas que pertenecen al Convenio del Transporte, están obligadas a pagar los cursos de formación CAP a sus empleados desde el 29 de marzo de este año.

Puedes consultarlo en los artículos 62, 63 y 64 de la Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.

Comienzo esta entrada con una frase que me ha enviado el autor de este  trabajo que hoy publico en el Blog: "la paciencia es amarga pero sus frutos son muy dulces".

Después de un mes bastante ocupado con sus cursos de formación, ha sacado un poco de tiempo para realizar este completísimo trabajo sobre el Certificado de Aptitud Profesional (C.A.P.).

Quiero agradecer, antes de entrar en materia, la colaboración inestimable de José Oliver Lorenzo. Una persona que desde su ámbito profesional, la formación, está en la línea de este Blog, ayudar a los profesionales de la carretera a estar mejor preparados.

No me quiero olvidar de los lectores que también han colaborado para que esta entrada se llevara a cabo. Muchas gracias también a ellos.

Ojo!!! si tienes un permiso de conducción D1, D o D+E expedido antes del 11 de septiembre de 2008, y tu D.N.I. termina en 1 ó 2, tienes que hacer un curso obligatorio de Formación Continua de 35 horas de duración, sin prácticas y sin examen, antes del 10 de septiembre del 2011. Si estas en esta situación te interesa leer este artículo.
   
C.A.P.
CERTIFICADO DE APTITUP PROFESIONAL
DIRECTIVA 2003/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO
                                         REAL DECRETO 1032/2007

El 15 de julio de 2003 se publica una Directiva en el Parlamento Europeo en la que se recoge un modelo formativo para los conductores profesionales.

Esta Directiva pretende que se unifique en toda la CE la formación y conocimientos que los conductores profesionales han de adquirir en materia de transportes y conducción de vehículos, independientemente del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo y su posterior actualización de conocimientos.

Todos los que han obtenido un carnet profesional C1, C, C+E, D1, D, saben de sobra que para obtenerlo no se profundiza para nada en materia de transportes, documentación de transportes, etc. En cuanto a la materia del Tacógrafo se habla de lo básico y en cuanto a la conducción del vehículo nos ceñimos a obtener el carnet con cuantas menos clases mejor (teniendo en cuenta el precio es normal) y con un vehículo de lo más ajustado posible a las medidas exigibles, para que resulte más sencillo poder superar el examen.

También el examen de tráfico se rige por unas pautas objetivas que nada tiene que ver con la conducción real de un vehículo pesado, pongamos el ejemplo que para abandonar una autovía se califica negativamente el que levantemos el acelerador o frenemos antes de entrar en el carril de deceleración, cuando esto lo hagamos a 90 km/h con 40 toneladas es obvio donde iremos a parar. Tampoco tráfico admite para examinar en vehículos pesados un camión o autobús con caja de cambio automática, y hemos de tener en cuenta que hoy en día el 90% de los vehículos pesados que se matriculan cuentan con cambio automático o semiautomático.


Es muy frecuente que una persona salga de una autoescuela con su carnet de conducir de camión o de autobús, sin saber poner la tarjeta del tacógrafo, rellenar un disco o el Libro de Ruta, qué es un CMR, un Certificado de Actividades,  o sin saber cómo funciona un cambio automático.

Por estas razones se hace necesario que los conductores profesionales además de obtener un permiso que les habilite para conducir, adquieran una formación  complementaria en la que conozcan las normas que desarrollan el transporte, conocimientos en cuanto a conducción de vehículos de transporte reales de transporte, conducción racional, sin la presión de tener que superar un examen, documentación de transportes, normativa social, prevención de riesgos, etc. y por supuesto un posterior mantenimiento de esos conocimientos, en definitiva PROFESIONALIZAR EL SECTOR DEL TRANSPORTE.

En la Directiva se da un plazo para que los países miembros la vayan incluyendo en su ordenamiento jurídico. España así lo hace publicando el 20 de julio de 2007 el Real Decreto 1032/2007 con el cual se hace la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de dicha Directiva.

El citado Real Decreto recoge los dos modelos formativos que dicha Directiva contempla, un curso de cualificación inicial para los nuevos profesionales y una formación continua tanto para estos conductores, como para los conductores ya veteranos.

OBJETIVO

Conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte, en definitiva mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.

¿PARA QUIÉN ES OBLIGATORIO?

1.- Para los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 3.500 kg. de M.M.A.

2.- Para los conductores de vehículos destinados al transporte de personas, con más de nueve plazas incluido el conductor.

¿QUIENES ESTÁN EXENTOS?

Conductores de vehículos:

1.- Cuya velocidad máxima autorizada no supere los 45 km/h.


2.- De las Fuerzas Armadas, protección civil, bomberos, cuerpos policiales, o bajo su control.


3.- Que estén siendo sometidos a pruebas en carretera para mejora técnica, reparación o mantenimiento, o bien vehículos nuevos o transformados y aún no se hayan puesto en circulación. ( Por ejemplo un mecánico que pruebe un camión o un autobús en carretera, o el conductor de una marca de vehículos que traslade los vehículos antes de matricularse). NO necesitan el CAP.


 4.- Utilizados en situaciones de emergencia o que se encuentre destinados a misiones de salvamento.


5.- Utilizados en las clases prácticas para la obtención del permiso de conducir o el certificado de aptitud profesional.


6.- Utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancías. (No confundir este tipo de transporte, con el transporte privado complementario. El conductor de un camión de un almacén de materiales de construcción, una fábrica de muebles, etc. en definitiva lo que vulgarmente se conoce como "mercancías propias" que antiguamente llevaban el distintivo de transporte blanco. SÍ están obligados a obtener el CAP.


7.- Que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor.


¿EN QUÉ CONSISTE EL CAP?
 
Se establecen dos tipos de cursos:
    Una cualificación inicial: para los nuevos conductores.
    Una formación continua: para todos los conductores. 
CUALIFICACIÓN INICIAL:
·      Modalidad ordinaria, 280 horas
      Modalidad acelerada, 140 horas
Obligatoria para: 
    Para los permisos D1 o D:
    Los expedidos desde el 11 de septiembre de 2008.
    Para los permisos C1 o C:
                Los expedidos desde el 11 de septiembre de 2009
  
En ambos casos, después hay que superar un examen teórico, organizado por el organismo competente en materia de transporte en la comunidad autónoma del conductor.

LOS CONDUCTORES CON EL PERMISO DE QUE SE TRATE ANTERIOR A ESTAS FECHAS, ESTÁN EXENTOS DE LA CUALIFICACIÓN INICIAL. 

Quiere decirse que un conductor que posea el permiso D1 o D anterior al 11 de septiembre de 2008, estará exento de la cualificación inicial para VIAJEROS. 

O bien un conductor que posea el permiso C1 o C de fecha anterior al 11 de septiembre de 2009, estará exento de la cualificación inicial para MERCANCÍAS.  

¿EN QUE CONSISTEN LOS CURSOS DE CUALIFICACIÓN INICIAL CAP?

  Son cursos teórico-prácticos, que versan sobre las siguientes materias:
 
    Conducción racional basada en normas de seguridad.
    Aplicación de la reglamentación de transportes.
    Reglamentación.
    Horas prácticas de conducción individual. 

El objetivo es que los conductores conozcan los motores actuales, sus características, curvas de par, potencia, consumo, y su aplicación a la práctica.

Concienciar a los conductores de la importancia del mantenimiento y que influencia tiene tanto para la rentabilidad de los vehículos como la importancia que tiene para la Seguridad Vial.

En cuanto a Reglamentación de Transportes, conocer toda la documentación necesaria para el transporte, cuadro de sanciones, responsabilidad, uso cotidiano del tacógrafo, etc.

Las horas individuales de conducción se deben hacer con vehículos, en cuanto a medidas y pesos lo más próximo a lo que es la realidad del transporte, y aplicar las técnicas aprendidas en los módulos teóricos.

Es adquirir una experiencia que con solo obtener el permiso no se adquiere, para ser profesionales mejor cualificados.

Dar a conocer a los conductores la importancia que tiene la satisfacción al cliente, como sector servicios que somos, y como conseguirlo. 

Después de realizar el curso hay que superar un examen sobre las materias estudiadas. 

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE LA CUALIFICACIÓN INICIAL DE 280 HORAS Y LA DE 140 HORAS? 

Con la modalidad ordinaria (280 horas), se contempla la posibilidad de conducir vehículos para los que se exija el permiso C, C+E, D1,  D1+E, D o D+E (50 km) a los 18 años, o bien, D o D+E a los 21 sin limitación, siempre que se tenga el permiso correspondiente.

Aquí se enfrentan las normativas de Transportes y Tráfico, ya que la normativa española de Tráfico, no permite obtener el permiso C hasta los 21 años o el permiso D hasta los 24.

Por consiguiente en España los cursos de 280 horas quedan más limitados.

Se realizan mayoritariamente  los cursos de 140 horas, bien antes o después de obtener el permiso de conducción.

Una vez finalizado el curso, los aspirantes disponen de seis meses para la superación del examen.
Transcurrido este plazo sin haber superado el examen el curso pierde su validez. 

EXÁMENES:
    Los convoca el Órgano Competente en materia de Autorizaciones de Transportes en la Comunidad Autónoma.
    Se convocan, mínimo seis exámenes al año, los meses impares.
(En algunas Comunidades se convocan exámenes mensualmente).
    Constan de 100 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, las respuestas correctas suman 1 punto, las erróneas restan 0.5 puntos, las no contestadas ni suman ni restan puntuación. Para aprobar es necesario obtener 50 puntos.
(En la página web del Ministerio de Fomento están a disposición las preguntas que saldrán en los exámenes, son tres baterías de unas 7.000 preguntas más o menos).

¿DÓNDE SE HACEN LOS CURSOS CAP? 

Se hacen en Centros Autorizados por el Órgano Competente en materia de Transportes.

Los centros deben EXPONER una copia de la AUTORIZACIÓN en lugar visible en las zonas de recepción e información. 


El conductor puede hacer el curso en cualquier centro de España, pero el examen lo tendrá que hacer en la Comunidad en la que esté empadronado al menos 180 días anteriores a la solicitud del examen. 

¿TENGO QUE HACER UN CURSO DE CUALIFICACIÓN INICIAL PARA VIAJEROS Y OTRO PARA MERCANCÍAS? 

SÍ, pero en este caso, al tener materias comunes, se hace una “AMPLIACIÓN”, reduciéndose el curso a 35 horas para materias específicas.

El examen queda entonces con 25 preguntas. 

CASO 1:
Tengo el carnet de camión desde antes de septiembre de 2009,  pero me saqué el carnet de autobús después de septiembre de 2008, o no lo tengo todavía. Entonces tendré que hacer un curso de Cualificación Inicial y examinarme en la modalidad VIAJEROS. 

CASO 2:
Tengo el carnet de autobús anterior a septiembre de 2008, pero no tengo el carnet de camión o me lo he sacado después de septiembre de 2009. Entonces tendré que hacer un curso de Cualificación Inicial y examinarme en la modalidad MERCANCÍAS.

CASO 3:
No tengo ningún permiso profesional o los he obtenido ambos después de las fechas indicadas, entonces tendré que hacer dos cursos independientes el primero de 140 horas, examen de 100 preguntas, y después otro curso de 35 horas (AMPLIACIÓN), y examen de 25 preguntas. 

FORMACIÓN CONTINUA

Es obligatoria para todos los conductores de camiones y de autobuses, que bien han quedado exentos de cualificación inicial, o que una vez realizada, transcurre el plazo de renovación, (5 años). 

¿QUÉ ES LA FORMACIÓN CONTINUA? 

Este es el curso de 35 horas, sin  examen que todo el que tenga los permisos D1 o D, antes de septiembre de 2008, o permisos C1 o C, antes de septiembre de 2009 tendrán que hacer en un plazo dependiendo del último número de su DNI.

Al igual que los que hayan obtenido la Cualificación Inicial transcurridos 5 años. 

Es una actualización de los conocimientos esenciales del conductor para el ejercicio de su profesión:

    FORMACIÓN AVANZADA SOBRE CONDUCCIÓN RACIONAL BASADA EN LAS NORMAS DE SEGURIDAD.
    APLICACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN DEL TRANSPORTE.
    SALUD, SEGURIDAD VIAL Y MEDIOAMBIENTAL.
    SERVICIO Y LOGÍSTICA. 

¿CUÁNTO DURA EL CURSO? 

Tiene una duración de 35 horas, que se deberán realizar cada 5 años. Y NO HAY EXAMEN.

Se puede realizar en periodos discontinuos de no menos de siete horas cada uno, siempre que se haga en el mismo centro, y dentro del mismo año natural.

(Por ejemplo, al hacerlo por módulos, no hace falta que asistas a un mismo curso, si no que puedes ir al módulo correspondiente aunque sean distintos cursos, siempre que sea el mismo año natural y el mismo centro, esto lo mejor es que os informéis en los centros en los que queráis hacer el curso). 

¿CUÁNDO TENGO QUE REALIZAR EL CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA? 

Los conductores que estuvieran obligados a realizar el curso de Cualificación Inicial, (permisos D1 o D obtenidos desde el 11/09/2008 y permisos C1 o C obtenidos desde el 11/09/2009), deben realizar el primer curso de formación continua antes de que transcurran 5 años desde que obtuvieron su primer certificado de aptitud.  

Conductores con permisos D1, D, D1+E o D+E obtenidos antes del 11/09/2008 cuyo D.N.I. termine en:

    1 ó 2  antes del 10 de septiembre de 2011
    3 ó 4  antes del 10 de septiembre de 2012
    5 ó 6  antes del 10 de septiembre de 2013
    7 u 8  antes del 10 de septiembre de 2014
    9 ó 0  antes del 10 de septiembre de 2015

Conductores con permisos C1, C, C1+E o C+E obtenidos antes del 11/09/2009 cuyo D.N.I. termine en:

    1 ó 2  antes del 10 de septiembre de  2012
    3 ó 4  antes del 10 de septiembre de  2013
    5 ó 6  antes del 10 de septiembre de  2014
    7 u 8  antes del 10 de septiembre de  2015
    9 ó 0  antes del 10 de septiembre de  2016 

En todos los casos, una vez que el conductor ha realizado el primer curso de formación continua, deberá repetir el curso nuevamente antes de que transcurran 5 años. 

¿TENGO QUE REALIAZAR UN CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA PARA MERCANCÍAS Y OTRO PARA VIAJEROS?

NO, los cursos de formación continua son comunes, por lo que con la realización de un solo curso es suficiente. 

CASO 4:
Tengo los permisos D1 o D anteriores al 11 de septiembre de 2008 y también los permisos C1 o C anteriores al 11 de septiembre de 2009.
En este caso al estar exento de Cualificación Inicial tanto del permiso de autobús como del permiso de camión, sólo tendré que hacer un curso de 35 horas por que es común.

CASO 5:
¿Qué sucede si mi permiso termina en 1 ó 2, y teniendo el permiso de autobús y camión desde hace años, me espero a 2012 para hacer el curso pues no conduzco autobuses, si no camiones?
En este caso desde septiembre de 2011 hasta que realicemos el curso, NO estaremos autorizados a realizar transporte con un autobús. 

CASO 6:
¿Qué sucede si estoy exento de la Cualificación Inicial en viajeros pero NO en mercancías o viceversa?
En este caso tendremos que hacer el curso de 140 horas que corresponda por supuesto con su examen, y la formación continua de 35 horas, del que esté exento, según el último número de tu permiso.  

¿CUÁL ES LA SANCIÓN POR NO TENER EL CAP, Y QUIÉN ES EL RESPONSABLE? 

Según el nuevo baremo sancionador en materia de transportes publicado el 25 de febrero de 2011 se fija en 1001 euros la sanción por carecer el conductor del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), responsabilizando al titular de la autorización de transportes del vehículo (titular). 

¿ESTÁN LAS EMPRESAS OBLIGADAS POR TANTO A FACILITAR A LOS CONDUCTORES EL CAP? 

NO, es un requisito del conductor igual que el permiso de conducir y por tanto las empresas se lo exigirán a los conductores.

Otra cosa distinta es que la empresa quiera facilitarlo a sus conductores, pues disponen de bonificaciones para formación en los seguros sociales.

Se ha firmado ya en algún convenio provincial de transportes que la renovación la facilite la empresa a sus trabajadores, pero insisto son convenios o acuerdos entre patronal y trabajadores.

Lo que está claro es que no puedo ir a una empresa de transportes a pedir trabajo si no tengo permiso de conducir vehículos y por lo tanto el CAP es otro complemento para poder transportar y tendré que tenerlo también. 

¿CUÁNTO CUESTAN LOS CURSOS CAP? 

Varían según  provincias pero rondan entre 1.000 y 1.800 euros los cursos de 140 horas, y de 300 a 450 los de 35 horas.

Los servicios de empleo de las comunidades los han incluido en su programa de cursos para desempleados, y también es posible que Asociaciones o Confederaciones obtengan subvenciones de Fomento y se puedan realizar con menor e incluso gratuitos. 


LO QUE TENÉIS QUE TENER CLARO LOS CONDUCTORES, ES QUE NUNCA VEÁIS LA FORMACIÓN COMO UN IMPEDIMENTO, O UN “SACACUARTOS”, ES UN  PASO MÁS PARA ADQUIRIR PROFESIONALIDAD, CUALIFICACIÓN Y RESPETO.

Autor: José Oliver Lorenzo
           Profesor en Educación Vial, Logística y Transportes
           Centro de formación de conductores profesionales Almiro

276 comentarios :

  1. DUDA SI POSEO PERMISO C ANTERIOR AL 10 SEPTIEMBRE DE 2009 Y EL C+E POSTERIOR A LA CITADA FECHA , EL 25-5-2010, Y MI PERMISO ACABA EN 5 TENGO QUE SACARME EL CAP

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    1. si, pero sera el cap de formacion continua de 35 horas sin examen.Y como tu dni acaba en 5 comprueba en el baremo hasta que fecha no estas obligado a sacartelo.

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  2. No te hace falta sacarlo hasta el 10 septiembre de 2014, ya que el curso es el mismo, tanto para C1, C ó C+E.

    Un saludo.

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  3. como ya tienes el C anterior al 11 de septiembre sólo tendrás que hacer la formación continua 35 horas sin examen de acuerdo con el último numero de tu permiso, el C+E por así decirlo es un complemento al C.
    ( los que hayan obtenido el permiso el mismo dia 11 de seeptiembre de 2009 SI tienen que hacer el curso de 140 horas y examinarse)

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  4. PERFECTAMENTE EXPLICADO, SOLO TENGO UNA DUDA:
    EL CONDUCTOR NO TENDRIA SANCION POR CARECER DEL CAP?

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  5. Conducir careciendo de la correspondiente autorización administrativa es una infracción muy grave y conlleva una sanción economica de 500 euros, antes también detraía puntos, después de la última modificación ya no.
    Así que... sí a la empresa 1001 euros y al conductor en dicha cuantía.
    Un saludo.

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  6. Hola mi duda es sobre algo que he oido ya en varios sitios sobre que haciendo el cap continuo en un centro autorizado también para ipartir M.M.P.P se renueva con el mismo curso el carne de mercancias peligrosas.
    Del mismo modo que si el centro está autoizado en impartir cursos de recuperación de puntos con el curso de formación continua de 35 horas se pueden llegar a recuperar 6 puntos.
    ¿ Es cierto lo de mercancias peligrosas?
    Gracias y un saludo

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  7. Olaya, hay un escrito de la DGT, aclarando que para sancionar el CAP, sólo es competente Transportes, con lo que no habría sanción para el conductor, sería para el titular de la Tarjeta, te lo cuelgo:

    http://www.megaupload.com/?d=NOSSX6X8

    Un saludo

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  8. Buenas tengo un par de preguntas:
    1º Camión de 3500 kgs de MMA con tarjeta MDL-N que habitualmente conduce junto a un remolque, superando el conjunto los 3500 kgs. Como el conductor tiene un B necesitaría CAP?

    2º Esta normativa también es de aplicación a los conductores de la UE o vale también para los de los 3º países como Rusia?

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  9. Lo de los 6 puntos de recuperacion por hacer los cursos CAP esta en proyecto y aun no sabe nadie cuando sera y si sera en realidad o quedara solo en una declaracion de intenciones

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  10. Con el artículo 1 del RD 1032/2007, se contesta a las dos preguntas:
    "Este Real Decreto tiene por objeto regular las condicines para la obtención del certificado de aptitud profesional...
    ...necesario para la conducción por las vías públicas españolas de vehículos de EMPRESAS ESTABLECIDAS EN CUALQUIER ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA (2ªPREGUNTA), PARA LOS QUE RESULTE OBLIGATORIO ESTAR EN POSESIÓN DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN DE LAS CATEGORÍAS C1,C1+E,C,C+E,D1,D1+E,D o D+E, definidas en el..."
    Por tanto, el conductor sea de la nacionalidad que sea, siempre que conduzca un vehículo de una empresa de cualquier país de la UE, estará obligado a poseer el CAP.
    En cuanto a los vehículos, el CAP no se aplica a conductores de vehículos para los que sea necesario tener el permiso B+E o B96.

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  11. Una forma mas de meter las manos en los bolsillos de los trabajadores del sector.
    Formalismo a tope debido a la incapacidad de los teoricos de distingir entre real y virtual.
    Las empresas no tienen obligacion alguna, pero tiene derecho de emplear choferes sin permiso o sin CAP por que el chofer es una persona mayor y tiene resposabilidad deplina.
    Por estos razones somo esclavos desde cuando aparecio el telefono movil y el tacografo y somos obligados a trabajar por lo menos 16 horas diarios, violados en los derechos mas elementales. Mirad aqui la verdad sobre este trabajo : http://laverdaddelcamionero.es.tl/ (vidaclara9@yahoo.es)

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  12. UN CONDUCTOR QUE CONDUCE UN 40 TONELADAS CON FECHA EXPEDICION DEL C1 170609 Y EL C+E 121009,NECESITARIA EL CAP?

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  13. Anonimo, excelente aclaración, siempre hubo dudas sobre eso...
    Muchas gracias.

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  14. Anónimo, al obtener el C1 antes del 11/09/2009 estás exento de la CUALIFICACIÓN INICIAL (140 horas), tendrás que hacer la FORMACIÓN CONTINUA (35 horas), de acuerdo al último número de tu permiso.

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  15. Muy bien explicado y con muy bena informacion , perfecto trabajo, contamos contigo, que lastima que en ministerio nadie haga lo que tu haces , animo y a seguir asi , un saludo ,vinadona.

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  16. Lo siento pero a quien escribio el articulo que por supuesto esta super bien explicado tengo que rebatirle su ultimo comentaria al final del articulo,porque digas lo que digas esto es un impedimento y un sacacuartos en toda regla,acabo de venir de reino unido y el cap se incluye una vez que te vas a sacar el permiso correspondiente y no se pone como un coste mas a parte del propio permiso que ya es bastate caro de por si,alli por un poco mas,muy poco de lo que se pagaba antes tienes el cap incluido,y aqui a parte del permiso que si tienes suerte no te costara mas de 1500€ como poco te tienes que gastar otros 800 o 1000€ mas.o en el caso de que ya tengas uno por ejemplo el C antes de sept.de 2009 y te sacas luego el D se supone que la materia comun la tienes convalidada y si no voy a trabajar con mercacias pero si con viajeros te tengas que sacar los dos ya que el curso de 35 horas del D en ese caso no te vale,pero eso si si te sacas el de 35h de mercancias antes ya si te puedes sacar solo el de 35h del D,eso demuestra que es un sacacuartos,vamos un robo a mano armada como siempre a los mismos,a la clase obrera.a ver si aprendemos de una vez de otros paises.

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  17. Hola, tengo todos los carnet desde antes del 2007, pero actualmente no uso ni usaré los carnet hasta dios sepa cuando, mi pregunta es ¿si en un futuro por ejemplo en 2020 quisiera trabajar de transportista puedo hacer el curso de 35 horas cuando valla a utilizar algun carnet o tendría que hacer el curso inicial?

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  18. Hola jimenezjaen, soy José Oliver, efectivamente como tienes los permisos anteriores a las fechas de aplicación para la CUALIFICACIÓN INICIAL (140 horas), estás exento de ella, cuando quieras dedicarte al transporte sólo tendrás que hacer la FORMACIÓN CONTINUA (35 horas).
    Tenemos que tener en cuenta que los plazos que dan para hacer la FORMACIÓN CONTINUA son máximos, a partir de esa fecha no estaremos autorizados a realizar una conducción profesional, pero no afecta para nada a los permisos de conducir o el que se nos pase la fecha obligarnos a hacer una CUALIFICACIÓN INICIAL.

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  19. Hola José, me vas a permitir una matización o aclaración respecto a una de la excepciones a la obligatoriedad del CAP.
    En la excepción 7, donde dice "Que transporten material o equipos para uso del conductor, en el ejercicio de su profesión, siempre que la actividad principal no sea la conduccion de vehiculos".
    Se podria confudir con un privado complementario, paso a explicarme.
    Camión de mas de 3.500 Kg de una orquesta, si es conducido por el mismo cantante o componente de la orquesta, podría aplicarse esta excepción, ya que su actividad principal no es la conduccion, pero si contratan a alguien para ser trasladados, dicho conductor deberia contar con el CAP, esto mismo podria aplicarse a muchas actividades, pintores, fontaneros, electricistas...si conducen ellos mismos no sería necesario, sin embargo si contratan a otra persona si.
    Sin mas, felicitarte por el articulo, aclarara, seguro, muchas dudas a los conductores.

    Un saludo.

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    1. Hola Olaya!!
      La excepcion 7 a la que te refieres está trayendo muchas dudas a la gente que se dedica a cierto tipo de actividades.
      Yo después de darle muchas vueltas y consultar en diferentes lugares decidí preguntar en la consejeria de transportes y me dijeron que toda aquella persona que transporte cualquier tipo de mercancia en su vehículo está obligada a estar en posesión del cap.
      Les comente los casos de pintores, fontaneros,etc.. que utilizaban el vehiculo unicamente para transportar sus herramientas de trabajo y sus pinturas para ejercer su profesión y su contestación fué muy clara: "si solamente llevan herramientas estan exentos, pero si además tambien llevan la pintura estan obligados a estar en posesión del cap ya que esta se considerará mercancia"
      Me gustaria saber cual es tu punto de vista y si alguien podria darle algo de luz a este caso.
      Si en carretera los agentes de control están poniendo sanciones a este tipo de transportes por carecer del cap.
      Muchas gracias

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    2. Por desgracia confirmo lo aquí dicho por Javi, somos una empresa de Electricidad, en la que algunos de los electricistas llevan camiones con herramientas y mercancías que luego instalarán en obra, y nos hacen tener el CAP, pese a que el apartado g del artículo 2 parecía dejarlo bastante claro (materiales o equipos, no entiendo por qué dicen que si transportas mercancías sí estás obligado, entonces qué es un material). Sacacuartos en toda regla.

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  20. ¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE POSEER UN PERMISO DE CONDUCCION CON EL CODIGO 95 O POSEER LA TARJETA DE CUALIFICACION PROFESIONAL?
    ¿AMBAS SON VÁLIDAS?
    SI TENGO EL CODIGO 95 EN MI PERMISO, ¿TENGO QUE SOLICITAR LA TARJETA DE CUALIFICACION PROFESIONAL?

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  21. Ninguna diferencia...cualquiera de las dos es válida en territorio nacional.

    Saludos

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  22. si, tengo los permisos de conducir, pero, no me dedico al transporte ni de mercancias ni de personas. actualmente trabajo en otra actividad Solo que en su dia me los saque. Tengo que hacer algún curo CAP aunque no me dedique profesionalmente al transporte?

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    1. No. Sólo sería necesaría en el caso de que empezaras a conducir con esos permisos...

      saludos

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  23. Hola,si no te dedicas al transporte profesional, no es necesario que obtengas ningún tipo de curso CAP,eso sí, si algún decides trabajar con un camión o autobús tendrías que hacer el curso que te correspondiera según las fechas de obtención del permiso.
    O sea que como se suele escuchar por ahí, el no hacer el CAP, no hace que se pierda el carnet, si tu permiso es anterior al 11 de sep. de 2009 en camión o 11 de sep. de 2008 en autobús y no obtienes el CAP según te corresponda con el último número del permiso, no se te "pasa" ni nada y luego obtener el de 140 horas, la verdad es que se oye de cada cosa que no veas.
    Espero que se hayan aclarado las dudas, este blog debería ser obligatorio.

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  24. Buenas tardes,
    A ver si alguien me puede aclarar una duda,
    tengo todos os carnets desde antes de la normativa del cap,me acaban de llamar de una empresa de autobuses aqui en madrid para trabajar, pero por falta de dinero no pude hacer o realizar antes el curso de formacion continua, ya que, mi terminacion es en 1.
    alguien sabe las multas o sanciones que me puede acarrear si me paran sin haber echo todavia el formacion continua de 35 hrs? y con que haga uno de los 2 (viajeros ó camion) me convalidan el otro? y por último alguien conoce algun sitio o auto escuela donde impartan el cap de formacion continua intensivo, es decir, que lo realicen en 5 ó 7 dias a piñon fijo.
    Gracias por vuestra ayuda.

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  25. Hola buenas y que pasaria si llegada la fecha de tener que sacarte el CAP sigues en el paro,hablo por mi como chofer y como miles y miles de parados mas y no podemos pagar esa cantidad de dinero? En mi caso concretamente es el reciclado y hablamos de desemvolver unos 350 eur.Gracias

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    1. Mientras no trabajes utilizando los permisos, NO pasaría nada...

      saludos

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  26. Pues pasaria que si tuvieras algún trabajo relacionado con transporte o viajeros, no podrias trabajar. la mulata es de 1.001€, además actualmente todas las empresas, te toke o no, la renovación por tu terminacion del dni, ya lo están pidiendo para las nuevas incorporaciones a sus puestos de trabajo.Más vale que te lo saques cuanto antes por tu bien, o te lamentarás si te sale algun trabajo relacionado con transporte.
    Por cierto en madrid existen más baratas que lo que me pones ya además añadele las tasas que suelen ser 30-32 euros.

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  27. Jose francisco tengo el carnet desde 24 de febrero de 1992 se que tengo que hacer un curso de 35 horas en el 2014 pero tengo que presentame a exame mun chas gracias,mi correo es joseraya@hotmail.es.
    Atte.
    JOSE FRANCISCO RAYA RUBIO

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  28. Hola compañeros soy de Barcelona hos cuento como esta por aqui el tema del CAP 35h mercancias.Cuesta unos 300e,en intensivo(cada dia)o fines de semana 5x7 sabados.Si buscais en Altis grup podeis averiguar autoescuelas donde lo den.En Barcelona es practicamente imposible sacarselo subencionado.Yo me lo estoy sacando con otro en Mollerusa(Lerida).Tenemos que hacer cerca de 200km de ida mas los de vuelta cada sabado,pero nos merece la pena 600e entre los dos de ahorro (estamos parados).Bueno hos doy los datos del centro por si os interesa. British Centre formacion academica tel.973710385 fax.973602999 E-mail:annapou@britishformacio.com Atencion es imprescindible estar apuntado en el paro.UN SALUDO A TODOS.

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  29. Para joseraya.En El curso que tienes que hacer no hay examen.Es presencial tienes que asistir 35h obligatoriamente sin falta.Cuando lo termines te dan un certificado de aprovechamiento del curso que debes entregar en transportes para que te den la autorizacion administrativa previo pago de tasas.A ti aun te queda para que te sea obligatorio, una vez que tienes el CAP hay que hacer el curso cada 5 años.UN SALUDO A TODOS.

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  30. Hola amigos.
    Me parece un autentico robo. Me estoy sacando ahoar el C+E, y tengo el C de 2010, por lo tanto, ahora, sin dinero me EXIGEN otro gasto de unos 1000€. La cosa es, que posibilidd de rabajar con camion si tengo, pero no de sacarme ahora el CAP. Ademas no hay cursos siemrpe que uno los necesita por mi zona.
    Mi pregunta es: la denuncia por no tener el CAP la ponen los agentes de trafico, o inspeciones de transportes. Gracias y un saludo.

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    1. Yo no es por joder, pero si es del 2010 debes tener ya el cap.

      La sanción la pueden meter unos u otros, pero siempre la tramita transprotes

      saludos

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  31. Si,el CAP es un sacacuartos.Segun la ley despues del 10/9/2012 pueden sancionar los permisos clase C terminados en 1 o 2 todavia falta. Supongo que si te paran los agentes te multan ellos y si te paran los de inspeccion de transportes, estan los agentes para multarte.Por tu comentario,la autoescuela que te miras de sacar el C+E te exige sacarte la cualificacion inicial,si ellos te lo piden,tendras que pagarlo.Si tu permiso acaba en 1 o 2 es logico pero si acaba en 9 o 0 aun te quedan 4 años para que te sea obligatorio.Un consejo es que te lo saques ya sobretodo si el trabajo que vas a realizar es fuera de España.Un saludo.

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    1. Esto no me parece correcto, lo del número del carné sólo afecta a los exentos de la cualificación inicial, de cara a poner fecha a la periódica, los que no están exentos tendrán que pasar ésta a los 5 años de la inicial.

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  32. una pregunta amigos si yo tengo choferes y uno de ellos me lo paran porque no se lo ha sacado o por que le cuesta sacarselo que ocurre ¿ me meten una multa a mi de 1000 euros ? hay que joderse , que culpa tengo yo, que opinais.

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    1. Toda sanción de transportes va al titular de la tarjeta de transporte...

      saludos

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    2. Hola.

      Tu obligación es tener a tus operarios formados correctamente, si alguno no tiene el cap, debes facilitarle su obtención.

      Un saludo.

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    3. No se trata de joderse o no, es una Normativa de la UE y todo empresario dedicado al transporte de mercancías o viajeros tiene la obligación de que los conductores que contrate para el desempeño de su actividad cuenten con todas las autorizaciones exigidas, ¿o contratarías a un conductor que no tuviera el carnet correspondiente?. Además al estar adherido al convenio de trasnportes siento o me alegro de decirte que tienes las siguiente obligación, aunque el consuelo es uqe te lo podrás deducir de las cuotas de la SS mediante la Funadión Tripartita (no está del todo mal), el conductor que está en el paro se lo tiene que pagar él mismo, ese si que está jodido porque todos los cursos gratuitos de formaciónj continua en el CAP son para trabajadores o para desempleados:

      Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.

      Artículo 64. Formación de reciclaje de los conductores.
      Los cursos de formación dirigidos a la renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y del carné de mercancías peligrosas (ADR) serán impartidos por las empresas mediante medios propios o concertándolos con servicios ajenos.
      El costo de la formación será a cargo de las empresas. El tiempo empleado a tal fin por los trabajadores se imputará al permiso retribuido establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero.
      A los trabajadores que no superen los exámenes de renovación de la autorización que habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, les quedará suspendido su contrato de trabajo por un plazo máximo de seis meses, dentro del cual deberán obtener la citada autorización.

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  33. ESTE PAIS ES UNA VERGUENZA,PARA LOS QUE SOMOS AUTONOMOSY ALGUN CHOFER TRABAJANDO SOLO TE EXIGEN COSAS Y SOLO RECAEN SOBRE LOS QUE DAMOS EMPLEO ,POR ESO HABECES MUCHOS AUTONOMOS O PEQUEÑAS EMPRESASDEL TRANSPORTE LO MANDAN TODO AFREIR ESPARRAGOS Y ALE MAS GENTE AL PARO LO UNICO QUE HACEN ES CANSAR A LOS QUE DAMOS EMPLEO, ES DE VERDADERA VERGUENZA,1000 EUROS PARA LA EMPRESA,ES PARA LIARLA, MENUDOS SINVERGUENZAS

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  34. hola ¿si yo tengo c+e en sep 2011 puedo conducir asta que me examine del cap mi dni termina en 2?

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    1. ¿Puedes conducir sin carnet?

      Pues esto es igual. NO. Porque te pueden sancionar...

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  35. En España y Portugal supongo que si .Aqui en nuestra peninsula todo funciona por Real Decreto.Al resto de paises comunitarios mejor no ir sin CAP.Exceptuando Italia que si te lo piden,invitas a comer a la Polizia Stradale y a lo mejor te libras.

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  36. Buenos dias.
    Tengo una duda acerca del cap.Si yo voy con mi cabeza tractora sin ningun semirremolque acoplado.¿ estoy obligado a tener el cap?
    ¿me podrian denunciar si me paran?
    tengo claro que si llevase carga si que tengo que sacarmelo pero si algun dia me desplazo solo con la cabina pienso que no tengo obligacion.
    A ver si alguien me puede responder.

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    1. Si, porque seguramente tengas una tarjeta de transporte y por lo tanto tendrás obligación de tener cap, aparte de que el objeto es todo vehículo que necesties los carnet c y D

      saludos

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  37. es un vehiculo tractor de mas de 3.500 kilos.
    es obligatorio.
    Tambien dependerá mucho como siempre del agente con el que des.

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  38. Buenos dias!!
    Dentro de las excepciones de los conductores que deben estar en posesion del cap hay una que no me queda muy clara.
    Tengo claro que un almacen de construccion si dispone de un vehiculo con el que realiza viajes para llevar materiales a clientes, el conductor que efectue esos viajes debe estar en posesion del cap.
    La duda la tengo en si un autonomo que se dedica por ejemplo a la construccion y que tiene un camion con el cual se desplaza para ir a comprar sus materiales( vigas, bloques, cemento,etc)y despues transportarlos al lugar donde luego realiza la obra, ¿estaria exento del cap?
    Esta claro que esta persona esta realizando un transporte privado complementario, pero podria acogerse a la excepcion numero 7, ya que transporta material y equipo necesario para el ejercicio de su profesion. ¿estoy en lo cierto?
    Gracias

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    1. En principio NO se podría acoger....

      Hay una definición de esa excepción que dice..."materiales o equipos para el uso del conductor" como el que lleva "herramientas o útiles de trabajo", pero NUNCA, mercancías.

      A lo que te refieres es mercancía por lo tanto no estaría exento. Si sólo transporta la hormigonera y elementos para su profesión No lo necesita, pero si transporta mercancías Si.

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    2. Así es, te doy la razón, anónimo, si bien yo entiendo por materiales lo mismo que por mercancías, parece ser que en transportes no lo hacen así. Imagino que el afán recaudatorio hace enfocar la realidad desde una perspectiva muy peculiar. En ningún apartado del RD he visto la alusión a herramientas o útiles de trabajo que haces, pero no por ello dejas de llevar razón respecto a lo que pide transportes.

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  39. Hola, me permites poner el link de tu blog en mi pagina de facebook para que así la gente la vea y sepa mas de 4 cosas del CAP y aclare muchas dudas? un saludo y gracias por tanta información.

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  40. Por qué articulo y norma, se sanciona carecer del CAP?,graciasä

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  41. hace falta fuera de españa si no tepertenece todavia

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    1. Ya contesté al compañero...Deberías llevar una exención...

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  42. los conductores de vehiculos de auxilio, ¿necesitan el cap?

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    1. Si te refieres a vehículo de auxilioa una grúa para llevar vehículos, la respuestas es SI a no ser que estés acompañado de las fuerzas armadas.

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    2. puedo conducir un camion sin la tarjeta del cap estando apto en las listas definitivas

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  43. Conduzco un bus y asta el 2014 no necesito el cap pero puedo conducir fuera de españa sin el CAP?
    Es mas puedo trabajar fuera de españa sin el CAP?

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    1. En principio si, pero lo mejor es que te informes en el servicio provincial de transportes de tu provincia, porque es mejor que pidas una exención hasta esa fecha, ya que están multando fuera de España, ya que las legislaciones de cada pais son distintas.

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  44. acabo de sacar el carnet c y el examen del cap no sale hasta el 25 de abril puedo conducir mientras tanto si el cap?

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    1. No puedes conducir mientras no tengas el cap. Los que han obtenido el permiso C despues del 11 de septiembre del 2009 no pueden conducir sin el cap hasta que no superenel examen

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    2. Reafirmo lo dicho por el lector. No puedes conducir un camión o autobus hasta que no tengas el CAP.

      Saludos

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  45. Haber si sacan una normativa que quite privilegios y baje el sueldo a la banda de mangantes que tenemos gobernando, independientemente del bando que sean, ya que son iguales, se que no tiene nada que ver con el tema, pero como he leído en un comentario, el perjudicado siempre es el trabajador.
    Por que no imparten los cursos de forma gratuita?, por que si no no robarían a los trabajadores.

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    1. Porque si fueran gratuitos las autoescuela (mayoría de centros autorizados) no se estarían lucrando a más no poder, ya que están pagando el tema de la baja natalidad de principios de los 90 y así se están llenando las manos de pasta....

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  46. Hola he sacado los permisos D1/D y C1/C en 2012, y estoy estudiando el CAP de mercancías 280 horas, entiendo que una vez adquirido el CAP de mercancías tengo que hacer un CAP de pasajeros de 35 horas y un examen de 25 preguntas.
    ¿es correcto?

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    1. Lo que no entiendo es porque haces el curso de 280 horas, porque lo que se llama el curso puente o promoción ahora es de 70 horas y 5 de prácticas, cuando si el curso fuera de 140 hors, sería la mitad...

      saludos

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    2. Buenas: este curso me toco con el INEM o sea gratis, así que lo hice sin pensarlo, entonces son 70 horas de curso puente? y porque no se puede hacer acelerado el curso puente? agradezco cualquier aclaración,un saludo.

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    3. Porque el puente del curso de 280 son 70 y el de 140 son 35. Así definido por el RD

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  47. El artículo 14, apartado tercero, del Real Decreto, establece el mecanismo de convalidación de materias para los conductores que, “siendo ya titulares del correspondiente certificado de aptitud profesional”, efectúen transporte de mercancías y amplíen o modifiquen sus actividades para efectuar transporte de viajeros, y viceversa (de viajeros a mercancías).

    Por otra parte, la sección 2ª del Anexo IV del Real Decreto exige, para que pueda operar el mecanismo de convalidación y la duración del curso sea de 70 horas, que los conductores “sean titulares del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial ordinaria”.

    En este sentido, hay que señalar que si te estas sacando la cualificación inicial ordinaria (280 horas) la nueva cualificación inicial de viajeros será de 70 horas, las 35 horas son para los cursos de convalidacion que poseen la cualificación inicial acelerada.

    Saludos

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  48. Entiendo que para el CAP tienen un plazo regulado para su obtención a los que anteriormente a la fecha 11-09-2008 para viajeros y para mercancías 11-09-2009 poseían ese permiso de conducción.
    Dicha regulación va dirigida y enfocada para los permisos de conducir españoles que en mi opinión son los expedidos por la DGT.

    1.- ¿Que ocurre con los permisos de conducir europeos (no españoles) que tienen residentes de la unión europea en España quiero decir que por algún motivo no los han canjeado y que tienen el CAP de su correspondiente país pues residen en España?

    ¿ Se estaría cometiendo alguna infracción ?

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    1. perdón quise decir que no tienen el cap de su correspondiente pais pues residen en España y no han podido, teniendo permiso de conducción expedido de sus correspondientes paises

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    2. Buenas.

      Las fechas que señalas están marcadas por la Directiva comunitaria que regula el CAP.

      Si no tienen el cap y les corresponde por la fecha que dices, están obligados a tenerlo, por lo tanto pueden ser sancionados.

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  49. HOLA BUENAS TARDES!,TENGO UNA DUDA SOBRE SI SE REQUIERE EL CAP A UN CONDUCTOR POLACO, CON PERMISO DE CONDUCCION POLACO EXPEDIDO HACE VARIOS AÑOS CONCRETAMENTE 8.CONDUCE UN CAMION DE C+E CON MATRICULA ESPAÑOLA Y POSE NIE.

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    1. Buenas.
      Esto pasa como los conductores españoles en Francia. Al ser una directiva comunitaria lo que regula el CAP, pero el desarrollo pertenece a cada país, si al conductor polaco lo paran en España y según su nº de carnet de conducir le toca el CAP en España, lo puedens sancionar, ya que al no conocer la normativa polaca, se rigen por la de España. Para eso lo mejor es que si está exento en Polonia, que le hagan en su país una certificado de exención, como se hace en España para la gente qu va al extranjero.

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  50. EN REFERENCIA A LA PREGUNTA ANTERIOR, QUIERO DECIR QUE LA EMPRESA TITULAR DEL VEHICULO TIENE BASE EN ESPAÑA

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  51. hola, los taxistas de cualquier poblacion de España, estamos obligados a tener el CAP ya que tenemos el C y transportamos viajeros?

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  52. Bueno cuando termine el cap que es para una mejor conducción intentaran meternos el cup que es para saber exactamente como debemos echar la gasolina y una vez que terminemos el cup nos meterán el cep que es para saber bien como hay que tomar la curva ya una vez tengamos el cap el cup y el cep con el cip solucionaremos el tema de la hora perfecta para encender las luces del coche y no molestar a nadie en la carretera y a sumar 1000 y 1000 y 1000 euros cada vez que nos hacen uno de estos regalitos nuevos, pero podremos decir que somos conductores cualificados y reirnos de los antiguos conductores que no lo tengan ja ja porque ellos no saben conducirrr el que sabe conducir bien es el director general de trafico que tiene chofer, que por cierto se va saltando las leyes de tráfico como le da la gana http://blogs.periodistadigital.com/trafico.php/2007/11/30/limite_velocidad_pere_navarro_9999
    lo que tiene que hacer estos responsables es no compararnos con ellos a los buenos conductores en vez de intentar coregirnos a nosotros, menuda poca verguenza.

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  53. Hola buenas tengo una duda, espero que me la resuelvas.
    El año pasado empece ha sacarme el carnet C + CAP el C lo aprobé todo a la 1ª pero el CAP me costo ya que lleva mucha mecánica y me cuesta, hice el curso de 140 el acelerado y me presente pero suspendí el examen 3 veces y se me pasaron los 6 meses y lo deje por abandono, ahora veo que estoy en paro y lo necesito, que tengo que hacer?? me lo podríais explicar....

    Un saludo

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    1. Buenas Tardes Anónimo

      Disculpa que no te pueda ayudar más, pregunta en una Autoescuela seguro que te facilitarán la información con mucho gusto.

      Un saludo

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    2. Si se te ha pasado el plazo de los 6 meses y no has superado el examen debes de realizar de nuevo un curso de 140 horas y volver a examinarte.
      En este caso esto es como el ADR que si desde que realizas el curso hasta que debes aprobar el examen se te pasa el plazo debes de realizar de nuevo el curso.
      Espero haberte ayudado

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  54. estan obligadas las empresas a dejar sacar el CAP en horas de trabajo gracias

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    1. Si. El tiempo empleado en ese curso de fromación es jornada laboral.
      Artículo 64. Formación de reciclaje de los conductores.
      Los cursos de formación dirigidos a la renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y del carné de mercancías peligrosas (ADR) serán impartidos por las empresas mediante medios propios o concertándolos con servicios ajenos.
      El costo de la formación será a cargo de las empresas. El tiempo empleado a tal fin por los trabajadores se imputará al permiso retribuido establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero.
      A los trabajadores que no superen los exámenes de renovación de la autorización que habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, les quedará suspendido su contrato de trabajo por un plazo máximo de seis meses, dentro del cual deberán obtener la citada autorización.

      Un saludo.

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  55. Buenos días.
    Supongamos que tengo permiso de camión desde el 2001 y este año he obtenido el cap formación continua para mercancias...

    Este año, 2012 me saco el permiso D (autobús)...tengo que realizar el curso de cualificación inicial...pero...¿140 horas (modalidad acelerada) o la ampliación de 35 horas (curso puente) solo de las materias relativas a viajeros???

    Gracias

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  56. buenas tengo el c desde febrero e echo el CAP e aprobado pero todavia no tengo la tarjeta. puedo conducir mienteas un camion vacio a Alemania para venderlo no llevo mercancia i tengo un documento como que ya tengo el comprador osea jo solo se le entrego. resumo e aprobado el examen no tengo todavia la tarjeta me voy con el camion vacio no llevo nada de mercancia ni creo que tengo tarjeta de transporte y solo le voy a entregarlo. gracias

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  57. Buenas tardes,queria saber si con un vehiculo con mma inferior 3500kg y con un permiso de conducir B.Si me harìa falta sacarme el cap para dedicarme hacer servicio publico de mercancias y tambien si la tarjeta de transporte necesaria para este servicio se puede otorgar a un vehiculo de 4 años de antiguedad.Gracias de antemano por todo,es magnifico que halla gente te pueda hechar una manita siempre.

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  58. tengo el titulo de transportista , y aun y todo a hacer el cap, soy autonomo y nadie me lo subenciona.
    Profesionalizar? y los medicos? y la policia? les OBLIGAN A HACER CURSILLOS CADA 5AÑOS?
    Vergonzoso,.

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  59. Si esto no es un sacacuartos por que narices no me dan la occion de hacer un examen sin necesidad del curso .Tengo la capacitacion profesional , un titulo de riesgos laborales bastantes conocimientos de mecanica (reparo los camiones de mi empresa), y alguna cosa mas , ademas de llevar 20 años conduciendo camiones . Creo que las materias que se dan en el curso me las se de sobras . Por que no se puede convalidar o hacer un examen sin tener que pagar los 300 euos y estar perdiendo 35 horas escuchando cosa que ya se

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    1. saludos,quedria saber si puede ir otra persona a rscojer la targeta delm CAP.gracias

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    2. A lo cual quiero añadir: tantos cambios se realizan en las materias que se dan como para repetir las 35 horas cada 5 años ? La verdad es que no lo entiendo...

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  60. tengo una pregunta muy sencilla tengo todos los carnet con fecha del 2000 y dni numero 8 osea que no tendria que sacarme el cap de mercancias hasta 2014 y el de autobus 2015 ahora me encuentro en paro puedo conducir un autobuses sin que me sancionen o trabajar ....

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    1. Si, sin problema. Lo que si las fechas es al revés de lo que dices.

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  61. Hola muy buenas.
    Conduzco un furgón de más de 3.500kg, equipado como furgón laboratorio (contiene el equipo para desarrollar mi labor), y no tiene tacografo.
    Estoy en posesión del carnet C.
    ¿ Estaría en la obligación de tener el CAP?

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    1. Por cierto, gracias antes de nada.

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    2. El tacógrafo no tiene nada que ver.

      Y si, podrías estar exento

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  62. Amigos y yo solo digo o pienso que si no fuera un saca cuartos lo pondrian mas asequible no? O con un precio mas bajo en los tiempos que corren

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  63. Buenas me llamo Esperanza y tengo una duda . Ha una compañera teniendo el curso inicial del c y ahora el continuo del D , le han dicho que por las horas que ha echo le dan el adr . Esto es así

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    1. No. No se dan ni se renuevan adr con los cap. son cosas independientes, aunque paradojicamente haya tantas horas de MMPP en un cap inicial como en un curso de adr. Tanto los cursos de adr como la hologacion de centros como los examenes de adr los hace la dgt y sus correspondientes jefaturas provinciales. Y los cap corresponden a transportes. Incluso pertenecen a ministerios diferentes trafico es del ministerio del interior y transportes fomento.

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  64. Buenas tardes a todos!
    Tras leer muchos comentarios tanto en este blog como en otras paginas acerca del CAP me gustaria que hiciesemos todos un poco de autocritica.
    No voy a ser yo el que defienda a ultranza este curso de formacion, podría incluso pensar que dentro de las 35 horas que componen el curso de formacion continua hay materias(como gran parte de la mecánica)que se podrian haber simplificado o eliminado. Tal vez con 10 o 15 horas hubiese sido suficiente para dar un repaso a todo el tema de reglamentacion.(simplemente es mi opinion).
    Pero hay una cosa que me asombra,señores profesionales de la carretera, ademas de pensar que esto es solo un sacacuartos, un sacaperras, un timo, robo y demas no les parece a ustedes un poco lamentable el hecho de que en cada curso que se imparte mas del 50% de los alumnos( gente que esta todo el dia en la carretera)no sabe ni cuantas horas de descanso semanal debe hacer. Hay algunos que no saben ni cual es el tiempo máximo de conduccion diaria.
    Yo pienso que dentro del esfuerzo tanto economico como presencial que supone renovar el cap tambien podriamos pensar en que un pequeño repaso a todo el tema de tacografo no esta tan mal,¿no creen?
    Espero que nadie se moleste con este comentario solo es una opinion tras haber impartido bastantes cursos y darme cuenta de que el interes de la gente por formarse y dar solucion a cosas importantes DE SU TTRABAJO es muy escaso.
    Muchas gracias

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  65. hola tengo el carnet c mas el btp mi pregunta es¿hace falta el cap para llevar camiones de 13 mil kilos destinado a extincion de incendios o sea q vehiculos de emergencias como los bomberos gracias?

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    1. Los bomberos tienen su propia exención, por lo que no podemos meterlos en situación de emergencia. El vehículo que tu comentas, habría que ver como está definido en su ficha técnica

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  66. Hola, yo tenego el C1 y el C antes del 11 de sept. del 2009, entonces estoy exento de tener el CAP inicial, pero en una empresa me lo han exigido para salir al extranjero, diciendome que la normativa habia cambiado. Es necesario tener el Cap o La normativa es para todos los paises de la comunidad europea.
    Muchas gracias

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    1. En paises como Francia lo exigen. Puedes dirigirte a la administración correspondiente en tu CCAA y pedir una certificación (homologada por el Ministerio) en la cual indican que no lo necesitas hasta una fecha en concreto.

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  67. Solo una cosa, me sorprende tanto anonimo, tanto por las dudas,(totalmente comprensibles por la falta de informacion) como por los que responden (que no lo hacen nada mal).

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  68. Hola una duda . Con el CAP inicial de mercancias , tambien obtienes por defecto el curso basico de ADR ?
    ( entran 36 horas de MMPP con el CAP mercancias inicial )

    GRACIAS

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    1. No. Pero los centros hacen para dar los 2 cursos juntos. Pregunta en los centros

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  69. Hola, me han parado sin tener el CAP y me han puesto una multa de 1001 euros, podría alegar que en el momento de ponerme la multa me estaba sacando el CAP? Es que es cierto y el hecho de estar conduciendo sin el CAP ha sido porque me han informado mal que todavia no lo necesitaba porque mi DNI acababa en 8, pero no es cierto, la guardia civil me dijo que si que lo necesitaba. Ahora no se que podria alegar..Me podeis ayudar con eso?

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    1. Si tu dni acaba en 8 y están exento de hacer un inicial esa sanción no debería tramitarse. Si no es así y estás haciendo un curso inicial, depende de la CCAA se tramita la sanción o no.

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  70. Hola, me he sacado el carnet D en septiembre del 2012, soy mecanico y estoy conduciendo autobuses desde entonces. Tan solo conduzco en vacio bien para probarlo o bien para llevarlo de una cochera al taller. Un compañero ,que se saco el carnet a fecha aproximada a la mia, me ha comentado que no lo podemos llevar sin el cap.
    Total que me busco el r.d. 1032/20007 para ver como va la cosa.
    Por lo que yo entiendo del capitulo 1 aticulo 2(exenciones) parrafo c si lo puedo conducir tal y como lo estaba haciendo,(es decir mientras no llevemos pasaje).
    Que opinais vosotros?

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    1. Como bien dices en el articulo 2 punto C está esa exención en el tema de vehículos sometidos a pruebas y no puestos en circulación, pero la frase "...o bien para llevarlo de una cochera al taller." Debes definirlo mejor porque si no está en pruebas no estaría exento.

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  71. Hola, yo me saque los cursos ( formador de formadores, logística y el de incendios ) para professor de CAP hace 3 años ya que estaba al paro y exercí antes que saliera la nueva normativa del 9 de abril, practicamente no he exercido desde entonces pero tengo una duda referente a la normativa, yo tengo un grado medio, o sea que no me tendria que preocupar, pero me falta el permiso C+E, esto me puede ser un impedimento en materias como conducción racional y seguridad vial??

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    1. La respuesta es si para mercanías y D+E para viajeros. A parte del resto de titulación que se pide para esas materias.

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  72. Hola, yo tengo una duda sobre que curso del CAP tengo que /realizar, aprobé el C el 7/12/2006 (el btp y el C1 venían en el paquete :)). En enero de 2009 me saqué el C+E (y todos los intermedios que hay). Mi pregunta es, ¿qué curso de CAP es el que tengo que hacer, el de 35 o el de 140? He preguntado en varias Auto-escuelas y me dicen que ambos (supongo que su interés es el €). ¿Cual es el "bueno"?
    Muchas gracias.

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    1. Hola.

      Disposición transitoria primera. Exenciones de la cualificación
      inicial.
      Estarán exentos de la obligación de cualificación inicial
      los conductores que sean titulares de los siguientes
      permisos de conducción:
      a) De una de las categorías D1, D1+E, D, D+E o de un
      permiso reconocido como equivalente, expedido antes
      del 11 de septiembre de 2008.
      b) De una de las categorías C1, C1+E, C, C+E o de un
      permiso reconocido como equivalente, expedido antes
      del 11 de septiembre de 2009.

      Debes realizar el de formación contínua 35h.

      Un saludo.

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  73. Hola.

    Artículo 6. Cualificación inicial acelerada.
    1. La modalidad acelerada de obtención de la cualificación
    inicial del conductor consistirá en la asistencia a un
    curso de 140 horas de duración, cuyo contenido versará
    sobre las materias que integran el programa señalado en
    el anexo I, y la superación del examen regulado en el capítulo
    VI.
    No será necesaria la previa titularidad de permiso de
    conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes
    destinados a la obtención del certificado de aptitud
    profesional acreditativo de la cualificación inicial en
    su modalidad acelerada.
    2. Quienes hayan obtenido el certificado de aptitud
    profesional acreditativo de su cualificación inicial en la
    modalidad acelerada quedarán habilitados para conducir siempre que además cuenten con el correspondiente permiso de conducción, bajo las siguientes condiciones:
    a) Vehículos para cuya conducción se exija estar en posesión de permisos de la clase C1 o C1+E, a partir de los 18 años.


    Pero el Blog indica que sólo con el curso inicial completo (no accelerado). ¿dónde indica que con el acelerado (140h) no se puede realizar con 18 años????

    Un saludo.

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  74. Buenas, soy profesor de autoescuela en paro pero me gustaría sacarme todas las licencias para dar clase. Tengo la de coche, moto y todos los camiones. me gustaría saber que tengo que hacer para sacarme el permiso, si es que lo hay para dar clase de mercancias peligrosas y el curso del cap. Muchas gracias

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  75. Hola, mi DNI termina en 72, y mi permiso es del año anterior al 2009. ¿puedo obtener todavía el CAP a través del curso de formación? ¿es obligatorio tener dicho documento CAP aunque mi permiso sea anterior al 2009? Muchas gracias.

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    1. Por lo que dices del 2009 supongo que estas hablando de carnet de mercancias C o C1.
      Si es así ya te ha cumplido el cap, lo tenías que haber renovado antes del 11 de septiembre del 2012. Apuntate y haz un curso de 35 horas ya que eso no cambia nada. Solo que de momento no deberías estar conduciendo porque lo tienes sin renovar.
      Último número del DNI 1 y 2 lo tenían que renovar antes de la fecha que te he puesto arriba.

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  76. hola, mi padre posee el C1 desde hace mas de 30 años, el cual le otorga el BTP, y mi padre lleva unos 28 años dedicándose al servicio público (taxista). Estaría mi padre obligado hacer el curso para obtener el CAP o solo el curso de formación continúa cada 5 años (aun que leyendo el blog, veo que se le habría pasado la fecha de hacer el curso, ya que su DNI termina en 2). Espero puedan resolver mi duda. Saludos. Gracias.

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    1. Los taxistas no necesitan tener el cap. Si tu padre en algún momento quisiera conducir un camion de hasta 7.500 Kg. que es lo que le autoriza el C1 si necesitaria realizar un curso de 35 horas de formación continua.
      Espero haberte ayudado

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    2. Muchísimas gracias. saludos

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  77. Hola, Javi, se trata del C, de mercancías. Muchas gracias

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  78. MI DUDA ES LA SIGUIENTE: YO APROVÉ EL C EL 08/10/2008 Y EL D EL 17/08/2008 ¿TENGO QUE HACER UN CURSO UNICAMENTE PARA EL C Y OTRO PARA EL D PERO ESTE CON EXAMEN? Y PAGAR LOS 1000 Y ALGO DE EUROS?

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  79. Hola, haver si me aclaro,tengo el c desde 2005 con el CAP de 35 h.ya hecho,y me acabo de sacar el d ahora en 2013,que curso necesito hacer y de que duracion .
    Gracias.

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  80. Que pasa si renueva los carnets de conducir y no tienes el cap.

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  81. hola, a ver si me aclarais un poco, yo tengo ya la tarjeta CAP de autobus, pero con posterioridad me saque el C la pregunta es, que curso tengo que hacer o si me convalidad el CAP que tengo, Ahora tengo el cap d1+d me falta para el c1+c

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  82. ah otra cosa, como la empresa me hace contratos de mes en mes, pues me dice que no me cubre el cap y no solo eso sino que ademas no me van a renovar.

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  83. yo trabajo conductor camion de basura tengo los carnets de antes 97 me tendria que sacar el cap pero me lo debe pagar la empresa o yo y si conduciese sin el cap me podrian multar a mi gracias

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  84. Por mi parte pienso que es un saca cuartos después de 30 años al volante

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  85. trabajo para la administracion publica con un camion de recojida de basura poseyendo el permiso c ¿necesito sacarme el cap? unsaludo y gracias

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  86. Hola buenos días,

    Quisiera que me aclararais una duda por favor, tengo los carnets C1 y C sacados desde 7 del 2011, y mi documento termina en 4, por lo cual tengo hasta septiembre de este año ¿que ocurre si no tengo el CAP en esa fecha? he oído que me invalidan el carnet de camiones o algo.

    Otra duda, ahora mismo me estoy sacando el D de autobuses. Si me saco el CAP ahora para camiones luego tendré que sacarmelo de nuevo para autobuses? gracias.

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  87. Hola:

    Al obtener el permiso con posterioridad al 10/09/2009 el numero final de tu DNI no influye para nada.
    Tienes que hacer el curso de 140 horas, si tienes los 21 años cumplidos.

    Si no obtienes el CAP, NO significa que pierdas el permiso, lo que ocurre es que, a dia de hoy, no puedes conducir un vehiculo para el cual sea necesario estar en posesion del CAP.

    Si obtienes el CAP de Mercancias lo que luego tienes que hacer es un curso de ampliacion a viajeros, el cual es de 35 horas, siempre que el de obtencion se realizara de 140 horas, y solo de la parte especifica de viajeros. Despues hacer un examen en Fomento el cual consta de 25 preguntas en lugar de las 100 del examen de obtencion.

    Espero haber solucionado tus dudas.

    Saludos.

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  88. si circulas solo con la cabeza tractora sin el semirremolque (vacío) es necesario el CAP

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    1. El RD 1032/2077 habla en su art 1 "Objeto"; ......necesario para la conducción por las vías publicas de vehículos......., para lo que resulte obligatorio los permisos...."

      Por lo tanto si es sancionable. Otra cosa es que el Ministerio "recomienda" sólo sancionar cuando se pueda llevar mercancías.

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  89. Que pasa si te se a pasado la fecha, yo tenía que sacarme el CAP el 10 de septiembre del 2012 porque tengo el carne d antes de 2008

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    1. Hola:
      Si estas en activo, te pueden sancionar con 1001,00€,
      sanción que va para la empresa.Tienes que realizar un curso de 35 horas de formación continua para no tener problemas.

      Saludos

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    2. Desde ya son 2001€ por la nueva LOTT

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  90. Hola tengo el carnet de camión (tráiler) desde el 97 expedido en argentina, tráfico me lo canjeo por el c+e respetandome esa fecha , hice el canje en agosto del 2010. Quisiera saber si tengo que hacer el curso inicial o puedo hacer el de 35 hr siendo que llevó más de 12 años con camiones. Gracias.

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    1. Si te han respetado la fecha de obtención, el curso que tienes que realizar es el de 35 horas pues ha sido por canje y no por obtención del permiso.
      Saludos.

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  91. Muy buenas .
    A mi me parece muy bien esto del CAP y para lo que sirve pero lo que no me parece bien es que despues de haberte sacado el carnet que vale una pasta, que luego te tengas que dejar otra en sacartelo ,,, si realmente lo hacen para que todos los que tengan estos carnet sean mas profesionales y sepan mas de su oficio , por que no lo sacan con unos precios mas economicos y a su vez con menos horas ya que(tal y como esta el tema del trabajo 240h y 180h se nos va a unos pocos meses y haber quien mantiene eso sin trabajar)por lo cual si que se hace en parte para sacar dinero.

    saludos

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  92. el curso de 35 horas se puede hacer en cualquier comunidad autonoma o en donde estas empadronado,gracias

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    1. En cualquier comunidad o país, donde tengas residencia o trabajes

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  93. FENADISMER en Madrid da los cursos de renovación CAP a 100 Euros y los monitores me parecieron excelentes

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  94. hola tengo el carnet c desde antes del 11 de sept del 2009 podria conducir un camion,mi dni acaba en 7 ,tendria que pedir la exencion de cualificacion inicial ,podria salir al extranjero

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  95. Hola buenas, me he sacado recientemente el cap en la comunidad de madrid y tengo que ir a fomento a expedirlo cuando salgan las listas definitivas, ¿me podria decir alguien que documentos hay que llevar y cuanto dinero son las tasas para la tarjeta? Gracias de antemano, un saludo.

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    1. Las tasas las pone cada comunidad. Deberían decirte alguien de madrid la tasa.

      Saludos

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  96. Hola gente.

    Alquien me puede informar de si existe alguna empresa como esta en Madrid www.actconsulting.es que se paga el curso CAP con hacer horas para la empresa, pero en Barcelona?. o tengo mucho dinero y me vendría genial algo así en BCN.

    Gracias.

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  97. Quisiera saber, tengo que hacer un curso de CAP formación continua , estoy empadronado en otra provincia diferente a la que voy a realizar el curos, puedo obtener en trasportes la tarjeta CAP sin problemas?

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    1. Según fomento puedes solicitarla en la provincia que haces el curso o donde tengas la residencia.

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  98. Buenas tardes. Me saque los carnets C y D antes de 2008. no hice el CAP y me vine a vivir a Francia. Ahora en una empresa francesa me piden el CAP (normal) Puedo sacar el CAP en españa residiendo en francia? En una autoescuela me han dicho que no y en otra que si. El carnet es español por que me dijeron que no hacia falta cambiarlo.
    Gracias de antemano.

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    1. Si que puedes, si tienes carnet español o residencia es España.

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  99. hola a todos
    los empleados publicos estan obligados a tener el cap???

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    1. Dependiendo de quien sea si y no. Según el art 2 unos si y otros no.

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  100. hola, lo he leído todo y alguien lo ha preguntado pero no ha obtenido respuesta, por favor, si transportes te expide un certificado oficial como que Has aprobado el CAP , pero la tarjeta llegara en dos meses, se puede conducir mientras? te pueden denunciar?
    he leido que la multa sobre el Cap la tramita siempre trasportes, por tanto al pasar por ellos verian que ya tienes aprobado el Cap y la multa quedaria nula. es cierto esto?
    muchas gtacias.

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    1. El baremo sancionador de transportes no recoge en ninguna parte que haya sanción por no llevarla. Sólo hay sanción (2000€ según nueva LOTT) en caso de no tenerla.
      Otra cosa es que en carretera (por no tener medios) el agente te pueda sancionar, pero esa sanción no se debe tramitar.

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  101. Hola tengo el c desde marzo 2009 de cuantas horas es el cap

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    1. Debes realizar la formación continua de 35 horas cuando te corresponda por último número de carnet

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  102. Tengo una duda. Yo me saque el cap de mercancías en Mayo de este año. Quien me tiene que dar la tarjeta cap La autoescuela donde lo saque o el departamento de transportes de mi ciudad.
    Salu2

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    1. La tarjeta la emite la administración y es a la cual te tienes que dirigir para que la emitan. Otra cosa es lo que tu hayas negociado con la autoescuela para el pago de tasas y solicitud.

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    2. OK muchas gracias. Mañana me pasare por la autoescuela haber que me dicen. Un saludo

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  103. hola y gracias por el blog esta muy bien aclara muchas dudas.
    mi pregunta es una cuba de agua que normalmente riega en escombreras pesa mas de 7500 kg cuando sale a la carretera a repostar gasoil o a pasar la itv el conductor con su carnet correspondiente necesita el cap?
    gracias

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  104. Hola, tengo una gran duda que no consigo aclarar.

    Creo haber entendido que para conducir un camión dedicado a trabajos, mientras se trabaje, no hace falta el CAP. Algo por ejemplo tipo una barredora grande o un camión co una cesta para cambiar bombillas de farolas. ¿Cierto?

    Pero y si un camión de estas características hubiera que trasladarlo, por carretera, supongamos, un Madrid-Barcelona, ¿sí que haría falta el CAP?

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    1. No. Esos vehículos (que no llevan ningún tipo de mercancías) no necesitan en ningún caso CAP.

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    2. Muchas gracias por la aclaración!
      Lo que no entiendo es por qué en las autoescuelas estas cosas no las saben. O eso, o es que se hacen los tontos para que acabes pagando el CAP. Estuve preguntando en 3 y sólo en una me dijeron que en un principio para lo que yo decía no hacía falta.

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    3. Michal, es tan facil como ir a tu delegación de fomento mas cercana y preguntar. De todas formas la gente que necesita el cap tambien siempre se queja en las autoescuelas de que todo es para sacar dinero, que no sirve de nada, etc. Muchos transportistas que hacen el cap vienen a calentar su trasero en clase o a molestar a los pocos que se interesan por el tema.

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  105. Hola, acabo de aprovar el examen de cap inicial y he encontrado trabajo de transportista. Quieren que me incorpore inmediatamente, pero la tarjeta me tardará por lo menos un mes.....sabeis si te pueden hacer algun documento o tarjeta provisional. Muchas gracias.

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  106. Quería hacer una consulta, si tengo el carnet C pero no estoy contratado como conductor y en una momento puntual necesitan que haga un traslado de un vehiculo (sin mercancia) de una delegación de la empresa a otra, necesito el CAP??? suponiendo que me toque por número de DNI. Muchas gracias!!!

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  107. El conductor de una ambulancia del 112 con mma superior a 3500 Kg. tiene que estar en posesión del cap? y cual de ellos, el de viajeros o el de mercancias?

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  108. Bueno mi duda es algo complicada. tengo el C desde el 99 y el D desde el 2003, actualmente realizo transporte de ambos para el ministerio de defensa, pero en Diciembre dejo de trabajar para ellos, con lo cual no se cual seria el proceso a seguir para sacarme el CAP, o si hay alguna forma de que me convaliden el estar realizando actualmente transporte tanto de mercancias como de personal y si no es asi, que tipo de curso tendria que realizar si el de 35 horas, o el de 140, ya que mi carnet termina en 4 deberia de haberlo hecho ya, pero claro al estar exento para los vehiculos que uso (aunque realizamos incluso transportes especiales) no lo he sacado antes,. grasias

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  109. Hola, me he trasladado a Francia, aqui piden una fimo (similar al cap inicial)y una fco(similar al reciclaje. Yo estoy exento del cap inicial por la antigüedad de los permisos y aún no he hecho ningun reciclaje porque tenía margen de tiempo.sabeis si con el reciclaje de españa me daran algun documento para poder trabajar en francia? Muchas gracias

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  110. ¿Porq no incluyen todo lo referente al cap cuando te vas a sacar el carnet? Estoy arto de cursos hace 3 años me saque la capacitacion del tramsoortista y ahora me toca perder el tiempo con lo mismo q estudie

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  111. HOLA ME GUSTARÍA SABER



















































































    HOLA ME GUSTARÍA SABER SI ES IMPRESCINDIBLE EL CAP PARA EL EXTRANJERO SI NO ESTOY OBLIGADO DE POSEER LO SI MI DNI TERMINA EN 7

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  112. Hola, dices que es responsabilidad del conductor cunado vas a pedir trabajo, pero si eres trabajador fijo de una empresa, ¿de quien la responsabilidad de proporcionar o pagar el curso?
    gracias

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  113. Buenas tardes, tengo una duda respecto al cap ya que esto se ha vuelto un tostón . Yo tengo el cap de autobús de 140 horas lo realiza en el 2010 , pero también tengo el carnet C+E desde el 2007 para el cual no se si tengo que hacer otro cap o puedo convalidar o algo parecido¿? si alguien me puede ayudar o sabe algo del tema se lo agradecería. ya que es algo idóneo tengo porque puedo conducir un autobús pero no un tráiler.

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    1. Con el CAP inicial te ha quedado convalidado la formación continua de mercancías.
      Por lo tanto no tendrás que repetir curso de CAP (35 horas) hasta los 5 años del primero. 2015.

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  114. Esta claro que esto es un Sacacuartos, esta es la vacilada que nos ha pegado el gobierno por tanta huelga de transportistas, ya no estamos cualificados?A estos bilderberg no se les ocurre nada bueno a puerta cerrada y en secreto, toma europa! Que europeos somos, hasta donde les dejaremos llegar! Despertad compañeros! Que sera lo siguiente? Solo en la caja de pino seremos libres, seguro? Aun asi nos llegaran más facturas, asco de politica y dinero, corrompen la vida, publica esto campeon.

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  115. Esto es un sacacuartos pero de los buenos , el CAP es ilegal , por que si tenemos el carnet de camion o autobus nos tiene que denunciar? para ellos hemos tenido que pasar tres pruebas en la DGT y ahora nos denuncian la guardia civil. Y ellos no tienen que hacerlo " como son funcionarios y lo tendria que pagar el estado , jajajajaja , dicen que estamos en democracia , es mentira

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  116. Di que si , soy autonomo llevo 16 años con un camion de 3500 kg repartiendo por toda España , me sace el carner C en 2011 cuando mi propio negocio lo requeria no por fardar de que tengo carnet de camion, y ahora me dice que tengo que hacer 140 horas , osea un mes y medio de curso, que no puedo realizar por que tendria que cerrar mi negocio durante ese tiempo.
    tambien hay que realizar 10 horas de clases practicas y aqui viene lo mejor , en las autoescuelas te dicen que no hace falta hacer las horas practicas te las firman pero no las das, claro el de la autoescuela se ahorra el gasoil y el desgaste del camion.
    Todo como en este pais un SACACUARTOS.

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  117. Hola me gustaria que alguien me aclarara una duda tengo todos los carnets desde 1998 en la actualidad no ejerrzo de conduztor tendria qe sacar el cap este año .Si nolo saco podria sacarlo si algun dia conduzco sin examen el de 35 h

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    1. Si. puedes sacarlo cuando quieras. Solo tendrias que hacer el de 35 h. Eso si, si ya te caducó no puedes conducir camiones..

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  118. Si tengo un vehículo articulado (cabeza + semi)) puedo acoplarle un remolque sin autorización???

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  119. hola buenas he sacado el permiso C en julio de 2009 y no he trabajado nunca como conductor profesional de camiones y mi dni acaba en 3, puedo hacer el curso de formcacion continua?.Un saludo.

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    1. Si. En caso de que lo necesites. En caso contrario, no es necesario.

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  120. tiene que darme mi empresa tiempo para el curso del cap

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  121. Que tenga que actualizarme después de 27 años al volante lo entiendo, de hecho he aprendido cosas en el curso que no sabia pero que tenga que repetir las 35 horas cada 5 años es una tontería si no es para financiar las autoescuelas, las normativas de las materias que se dan no cambian para tanto. Un abuso.

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  122. Hola buenas tardes, realizo un viaje regular con autobus y cuando llego al destino realizo unos viajes que estan exentos de tarjeta de tacografo por no sobrepasar los 50 km, Me gustaria saber la forma de actuar para que esos viajes no me cuenten en la tarjeta, porque sino no hago los descansos. Gracias un saludo

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    1. No insertar la tarjeta o disco, ya que esos viajes, como tú dices, están exentos

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  123. Buenas,tengo una pragunta muy dificil tengo el carnet c desde marzo 2013 luego en 2014 enero mesaco el cap inicial para mercancia ahora en marzo 2014 me saco el c+e que tengo q hacer para poder llevar un vehiculo articulado porque en la tarjeta cap me pone solo c1 y c

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    1. Esa tarjeta está mal emitida. Desde el momento que apruebas un CAP inicial, estás autorizado para la conducción (siempre que tengas carnet) de toda la escala de carnets de esa especialidad.

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  124. Hola a todos! Tengo 2 dudas aver si me podeis ayudar.Me estoy sacando el c ya solo me faltan las practicas, la autoescuela me dice que estoy obligado a hacer 140h del cap,mi pregunta es : siendo propietario i jefe de una pequeña empresa de construccion quiero tener un camion con grua al que llevaré solo en ocasiones esporadicas y al que muchos dias romandra parado y en caso de usarlo no saldria mas de 50km a la redonda.Hay excepciones para estos casos??
    Para el uso del tacografo tambien hay excepciones al no tener que cojer diariamente el camion??

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    1. Esa excepción de 50 km no existen en CAP.
      Si el camión es sólo una grúa y no transporta mercancía ESTÁS EXENTO. Si por el contrario es un camión-grúa, pero que además llevas la mercancías (palets, arena, etc...) NO ESTÁS EXENTO.
      Para tacógrafo si el vehículo no supera las 7.5 T MMa estás exento. Esos sí si sales de los 50 kms no te olvides del certificado de actividades

      Saludos

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  125. Interesante y muy completa la información de este post. Un placer seguiros.

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  126. Hola, tengo el carnet del CAP y me dicen que para trabajar en los demas países de la UE en este caso Bélgica y Alemania, necesitó que el código del CAP *95 éste en el carnet de conducir. Eso es verdad? Nesecito que me aclares eso por favor. Mi E-meil es ricardofelipe25@hotmail.com

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    1. FALSO!!!

      Se puede llevar el código 95 en el carnet de conducir o la tarjeta que se entrega en España. Si ya tienes la tarjeta no tendrás problemas.
      Saludos

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