Datos sobre la Inspección del Transporte Terrestre en Europa





Inspeccionar en las sedes de las empresas es más efectivo que hacerlo en carretera; algunos países sancionan proporcionalmente a más vehículos extranjeros que a los nacionales; el uso cada vez más extendido del tacógrafo digital facilita tanto la realización de los controles como la detección de infracciones. Estas son alguna de las conclusiones que se pueden extraer de un informe elaborado por la Comisión Europea sobre la aplicación de la legislación relacionada con los tiempos de conducción y el tacógrafo.

La normativa europea establece que los Estados miembros deben comunicar cada dos años una serie de datos relacionados con la inspección del transporte por carretera, con los que la Comisión elabora un informe sobre la aplicación que hace cada país de las normasque regulan los tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo. Recientemente, la Comisión ha hecho público el informe correspondiente a los años 2009-2010.

De las conclusiones que figuran en dicho informe destaca la afirmación de que lasinspecciones realizadas en las sedes de las empresas de transporte son cinco veces más efectivas para detectar infracciones que las realizadas en carretera. Sin embargo, la casi totalidad de los países de la UE efectúan muchos más controles en la ruta. Además, la Comisión apunta que los controles en los locales también crean menos obstáculos a las operaciones de transporte. Por estos dos motivos, animan a intensificar las inspecciones en las sedes de las empresas.


De acuerdo con la Directiva 2006/22/CE, cada estado debería haber controlado en 2009 al menos el 2% de las jornadas de conducción efectuadas en su territorio y en 2010 el 3%. Como la mayoría de los estados no enviaron la información desglosada por años, para la elaboración del informe se decidió hacer los cálculos tomando el total de los controles efectuados en los dos años y fijar el 2,5% como porcentaje para determinar si los estados habían cumplido el mínimo exigido por la Directiva. Este incremento de los controles ha supuesto que se hayan detectado más infracciones en los bienios anteriores a pesar de que ha descendido el promedio de infracciones cometidas respecto a las jornadas controladas. Es decir, que parece ser que los transportistas cumplen en mayor proporción con la normativa.

Todos los países menos cinco alcanzaron o incluso superaron el número mínimo requerido dejornadas controladas. No cumplieron: Grecia (que sólo efectuó el 2% del total de controles que deberían haber efectuado); Portugal (se quedó en la mitad, en el 52%); Eslovenia(efectuó solo el 80%); Dinamarca (el 82%) y Holanda (el 90%). En el lado opuesto están países como Francia, Alemania, Rumanía, Bulgaria, Austria, República Checa y Luxemburgo, que sobrepasan ampliamente el mínimo exigido. Francia es el país que más ampliamente supera el mínimo exigido, seguido de Alemania. Entre los dos sumaron más de la mitad de las jornadas controladas: 76 millones de un total de 146 millones.

Carretera versus empresa

Sin embargo, al igual que en el informe anterior, como la gran mayoría de los controles se llevó a cabo en carretera (el 82%), sólo un par logró alcanzar el umbral de tener al menos un 50% del total en los locales de las empresas, porcentaje que exige la normativa europea. El mínimo en carretera debe ser del 30%. En 2009-2010 se controlaron en carretera 9,7 millones de vehículos, un 14% más que en el informe anterior y casi 10,8 millones de conductores, con un resultado de 119 millones de jornadas controladas en carretera.

Por lo que se refiere a las inspecciones en las sedes de las empresas, se inspeccionaron 103.000, un 66% más que en el bienio anterior, y se chequearon más de 26,5 millones de jornadas de trabajo (un 79% más) y 546.000 conductores.

Otra de las conclusiones del informe es que todavía hay considerables diferencias en la tasa de detección entre los Estados miembros. La Comisión señala en este sentido que los estados deben asegurarse de que esto no es debido a una mala aplicación o a una incorrecta interpretación de las normas.


¿Persecución contra el extranjero?

La mayoría de los países centran sus controles en los vehículos y conductores locales, en un porcentaje que ronda el 80%. Este porcentaje se reduce bastante en los países que en el informe se califican como de tránsito, donde se controlaron más vehículos no nacionales. Esto ocurrió en Alemania, donde las inspecciones en carretera se efectuaron en el 62% de los casos en vehículos extranjeros, el 61% en Eslovenia y el 60% en Luxemburgo. Aunque desde la Comisión consideran que puede estar justificado que un alto número de vehículos controlados en estos países de tránsito no sean nacionales, deja caer que estos estados tienen que tomar las medidas necesarias para asegurarse de que los controles se llevan a cabo de manera no discriminatoria en función de la nacionalidad de los vehículos. Dice esto porque aunque de media en el conjunto de los países, el 70% de las infracciones en carretera fueron detectadas en los vehículos nacionales, pero en Bélgica (77%), Bulgaria (70%) y Luxemburgo (70%), la mayoría lo fue en vehículos no nacionales. Singular es el caso de Bulgaria, donde los no nacionales constituyen sólo el 17% de los vehículos controlados, pero se les adjudicó el 70% de las infracciones.

Peculiaridades españolas

En lo que se refiere a España, la Comisión señala que se deben revisar los datos de las inspecciones en carretera, ya que la cifra de vehículos inspeccionados fue significativamente superior a la cifra de conductores controlados, algo no muy lógico. También recomienda que se revisen los procedimientos de inspección en las empresas, ya que tenemos uno de los índices de detección de infracciones más bajos. Y llama la atención que 51.000 de las 120.000 infracciones detectadas en carretera, el 42,5%, se debieron a no llevar los registros de los 28 días anteriores.


Con el digital se “pillan” más infracciones

Según los datos aportados por todos los países de la UE (faltaron los de Finlandia), entre 2009 y 2010 se detectaron unas 4,5 millones de infracciones, lo que representa un incremento del 38% respecto al bienio anterior. Si bien es cierto que el promedio de 3,1 infracciones por cada 100 jornadas de trabajo controladas es inferior al de 3,8 que figuraba en el anterior informe. Desde la Comisión justifican esta mayor detección de infracciones al aumento de los controles y a que el tacógrafo digital “proporciona un análisis más rápido, más preciso y fiable de las infracciones.

En cuanto al reparto de infracciones, las relacionadas con los tiempos de conducción y descanso mantienen un porcentaje similar al de hace dos años, mientras que las relacionadas con el tacógrafo (funcionamiento incorrecto y manipulación) se han reducido del 10% al 5%. Pero lo más significativo para la Comisión es el incremento del 1% al 8% en las infracciones relacionadas con la falta o disponibilidad de registros de otros trabajos, por lo que hace un llamamiento a los Estados miembros para que comprueben si esta infracción se está utilizado para ocultar otras más graves. Esta circunstancia se da sobre todo en Alemania.

Estos son otros aspectos destacados relacionados con las infracciones:

Hay una gran disparidad en la tasa de detección según el país: Irlanda (8 delitos por cada 100 jornadas de trabajo), Eslovaquia (6,8), Polonia (5,7) y Alemania (5,6) son las más altas; las más bajas son las de Luxemburgo (0,05), Bulgaria (0,1), Letonia (0,2) y Rumania (0,3).

En carretera se detectaron cerca de 2,3 millones de infracciones (el 51% del total), con una tasa media de 1,9 delitos por cada 100 jornadas controladas, con Irlanda (13) en la parte superior y Luxemburgo (0,17), Bulgaria (0,18), Rumania (0,38) y Bélgica (0,45).

Alemania detectó cerca de 1,1 millones de infracciones en carretera, casi la mitad de toda la UE.

En los locales de las empresas se detectaron más de 2,2 millones infracciones, el 49% del total; con un promedio de 8,65 delitos por cada 100 jornadas de trabajo (debido a que las inspecciones se hacen más a fondo y sobre un año en lugar de los 28 días accesibles en carretera).

La mayor tasa de infracciones detectadas en empresas corresponde a Alemania (34 delitos por cada 100 jornadas de trabajo en las instalaciones); los más bajos a Bulgaria (0,04), Letonia (0,06), Portugal (0,12), Rumania (0,21), Grecia (0,23), España (0,43) y Malta (0,52). A estos países, se les recomienda que verifiquen sus procedimientos de inspección en las empresas, ya que parecen “ineficientes”.

Fuente: Camión Actualidad.es

2 comentarios :

  1. "...La Comisiòn señala en este sentido que
    los estados deben asegurarse de que esto no
    es debido a una mala aplicación o una
    incorecta interpretaciòn de las normas ..."

    Las paises que menos infracciones detectan
    son los paises que menos buscan encontrarlan.

    El concepto de "trabajador movil" ha sido
    creado por la Directiva 2002/15 CE para
    sustituirse las antiguas denominaciones
    (chofer, chofer profesional, camionero,
    autobusero, conductor, conductor profesional,
    etc) y representa el "razon de ser" para las
    leyes del tacografo.
    Una persona puede ser personalizada como
    "trabajador movil" solo cuando se reunen
    dos condiciones:
    1) contrato individual de trabajo;
    2) permiso de conduccion C (D).

    Las leyes del tacografo son leyes
    supraestatales y deben ser filtradas por
    la ...Constitución, Derecho civil y Derecho
    laboral antes de aplicarse sobre la
    persona que juega un rol de "empleado".

    Los "empleados publicos" no son sujetos a
    el Derecho laboral" y entonces, es muy facil
    para ellos olvidarse de su presencia en esta
    "ecuaciòn".
    El empleador para el "empleado publico" es ...
    el Estado. Aquel Estado creado y por la
    contribuciòn de esta persona que juega el
    papel de "trabajador movil".

    La interpretación (y la aplicación) de las
    normas sobre el dominio del tacografo cabe
    (sin duda alguna) en el concepto de "falta
    de proteccion estatal" para la ... "persona
    firmante de un "contrato individual de
    trabajo" (con una "empresa de transporte").

    El tacografo es de el vehiculo (y el vehiculo es de su propietario) y no es de el empleado.
    Si el empleador no quiere, ningun empleado no
    puede pisar una "propiedad privada". El utilaje
    tecnologico con tacografo no es un juguete con
    lo cual el empleador se juega cuanto, cuando y
    como quiere.
    El empleado es un representante, es un
    embajador, de su empleador.

    A el trabajador movil, el "esfuerzo" comun de
    a el "poder publico" junto con el "empleador"
    le esta creando el "interes" de mantener (de
    forma") el disco (al dia), "limpio".

    Por esto, el control que se realiza en las
    empresas encuentra ya la ..tema "bien" limpia.

    Para arreglarse las cosas, juridicamente es
    muy facil: "lector de tarjeta del conductor
    a domicilio de cada posesor de este tipo
    de tarjeta".
    Si cada persona queda fuera de el espacio
    laboral el tiempo indicado por el Derecho
    laboral, ¿como puede superar el horario de
    trabajo?
    Juridicamente ... es muy facil arreglarse.
    Pero ... es lo que quieren los que se estan
    nutriendo de esta cosa?
    (obrero europeo del transporte)

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  2. En estas estadísticas, quizás habría de contar con las infracciones detectadas por los agentes, y que no son sancionadas por los servícios de inspección, por tener "un criterio". Esto también influye. Yo he encontrado infracciones por igual en conductores nacionales o extranjeros. En los extranjeros, bulgaros y rumanos se llevan la palma de denúncias, con diferencia.

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