¿Continúa vigente la obligación de confeccionar el certificado de actividades en el transporte por carretera?
El nuevo Reglamento europeo sobre tacógrafo digital que ha entrado en vigor no deroga esta obligación. La Comisión Europea confirma que continua vigente la obligatoriedad de elaborar el certificado de actividades en ausencia del tacógrafo.
Ante la “información errónea” que se está difundiendo en algunos foros, según la cual a partir de este lunes 2 de marzo no sería exigible el ‘certificado de actividades en el transporte de mercancías por carretera’, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) han señalado que continúa vigente la obligación de elaborar el certificado de actividades.
Actualmente, el Reglamento europeo 561/2006 establece que la principal fuente de información en los controles de carretera la constituyen los datos registrados por el tacógrafo y que, en caso de ausencia de dichos datos, debe elaborarse el certificado de actividades.
Existen seis supuestos en los que debe emitirse este certificado, estos son baja por enfermedad, vacaciones, permiso o descanso, estar disponible, realizar un trabajo distinto a la conducción o conducir un vehículo exento de tacógrafo.
El pasado año 2014 se aprobó el Reglamento europeo 165/2014, por el que se regula la introducción en los próximos años del tacógrafo digital inteligente. Dicho Reglamento, que modifica parcialmente el Reglamento 561/2006, establece en su artículo 34 que “los Estados miembros no impondrán a los conductores la obligación de presentar documentos que den fe de sus actividades cuando no se encuentre en el vehículo”.
Tras su entrada en vigor este lunes, la Dirección General de Movilidad y Transporte de la Comisión Europea ha confirmado, a instancias de las asociaciones de transporte, que continúa siendo obligatoria la utilización del certificado de actividades respecto de aquellos periodos distintos de la conducción que no puedan ser registrados por el aparato tacógrafo, con la excepción de los descansos diarios y los de fin de semana.
En todo caso, según señalan desde Fenadismer, la Comisión Europea tiene previsto en próximas fechas elaborar una Guía interpretativa sobre la utilización del certificado de actividades.
Fuente: Cadena de suministro.
Por favor, le agradecería que me aclarase esta duda:
ResponderEliminarSomos una pequeña empresa de construcción, y disponemos de un solo camión,el cual tiene tarjeta de mercancias propias y tacografo analógico.yo soy el único conductor del camión, y lo uso poco, como un día a la semana. ¿Debería rellenar el certificado de actividades o no sería necesario al poder verse en los discos que el camión no se ha usado en todos esos días.
Es obligatorio que lleves encima el certificado de actividades declarando que esos días has hecho un trabajo distinto al de la conducción.
ResponderEliminarUn saludito...
si hago mi descanso de 9 horas conduzco 1 h y luego paro 9 o 11 h se contaría como jornada
ResponderEliminarEsa hora sería una jornada y lo que hagas después de las otras nueve u once horas sería una nueva jornada.
ResponderEliminarSaluditos...
Hola.
ResponderEliminartengo una pequeña empresa de transporte de mercancías con domicilio fiscal en Rumanía. tengo NIE español, vivo en España, en la Comunidad Valenciana, donde hice un descanso de 10 días.
Para el próximo viaje: ¿ dónde debo fechar el Certificado de otra actividad: en Rumanía o en la ciudad donde vivo e hice el descanso ?
Gracias
El lugar de la de la firma del representante será donde se encuentre éste y el lugar de la firma del conductor será donde se encuentre, en este caso la población de la Comunidad Valenciana donde haya hecho ese descanso.
ResponderEliminarSaluditos....
Hola,
ResponderEliminarPerdona pero no me quedo del todo claro.
Si el representante y el administrador de la empresa al igual que el conductor soy yo, como tengo que hacer la carta de otra actividad?
Gracias
En el espacio del conductor pondrás tu nombre, en el espacio del representante de la empresa pondrás tu nombre también, y la fecha y lugar serán en los dos sitios iguales ya que el conductor y el representante eres tú.
ResponderEliminarSaluditos...
hola y buenas tardes.
ResponderEliminarme gustaría hacerles una consulta,a ver si nos pueden ayudar.
Bien,somos una pequeña empresa de mudanzas en canarias que nos dedicamos a mudanzas locales e internacionales. (las mudanzas al extranjero las hacemos a través de contenedores que enviamos desde nuestro almacén. De la entrega y recogida de los mismos contenedores se encarga otra empresa transportista).
Nosotros solo trabajamos con camiones de 3500 y 7500kgs.
La pregunta es la siguiente:
Hasta ahora entendíamos que al ser una empresa de MUDANZA y estar dado de alta como ello estaríamos exentos de usar Tacografo.
Pero el otro día nos multaron por no llevar el disco puesto ni llevar los discos de los 28 dias pasados.
Nos estamos informando pero unos nos dicen que si estamos exentos y otros no.
A ver si ustedes nos pueden aclarar algo, o al menos decirnos donde dirigirnos que nos puedan asesorar con fundamento.
muchas gracias y un saludo
Cuantas horas han de pasar para hacer el certificado de actividades desde la ultima vez que se condujo un camión
ResponderEliminarEn España un mínimo de 72 horas desde la última vez que conduciste, si vas a Francia se reduce a 45 horas
EliminarTobías Martínez, de donde sacas que son 72 horas?, que yo sepa son 96, y recordar que es solo una tolerancia y solamente para los que usen discos.
EliminarUn saludito...
interesante y útil esta información. Me estoy replanteando mi trabajo de transportista. Compré una furgoneta frigorífica de ocasión en www.motormain.com Tenía dudas de que estuviera todo en regla con la empresa para la que trabajo, y ésta web me está resolviendo muchas dudas. Gracias. Saludos!
ResponderEliminarHola soy autonomo tengo un cabeza tractora desde hace un mes. Hoy a mi padre le paro la policia solo con la cabeza tractora que lo lleva de un taller y como todavia no ha empesado trabajar no esta dado de alta. El señor de la guardia le ha dicho que le va llevar una carta a la cooperativa y le pide que acredite sus actividades desde 01/08/3015 hasta 28/082015. La pregunta es: me puede multar para esta causa?gracias
ResponderEliminarHola buenos días,
ResponderEliminarLe agradecería si me pudieseis contestar a esta cuestión,
Tengo un camión de recogida de leche, el cual estoy exento de tacografo mientra este dentro del radio, la semana que viene me tengo que salir del radio de exención de tacografo, y tendría que utilizar mi tacografo digital, aparte debería de llevar los 28 discos anteriores y al haber conducido sin tarjeta no los tengo, tendría que hacer entonces el certificado de actividades, pero mi duda es debería hacer por cada día de trabajo un certificado, es decir 28 certificados,
Espero respuesta,
Un saludo
Mucha gente realiza un certificado para los 28 días alegando otros trabajos, pero la verdad y siguiendo a raja tabla la normativa deberías realizar uno por jornada.
EliminarSi, siempre en carretera hay que justificar los últimos 28 días aunque no se haya hecho nada.
ResponderEliminarUn saludito....
En realidad serían dos por cada día, uno delimitando tu jornada de trabajo y otro delimitando tu descanso diario o semanal. Para evitar esta complejidad Transportes suele permitir que al ser la actividad principal exenta se haga un solo certificado marcando la casilla 17.
ResponderEliminarUn saludito...
Hola Buenas tardes,
ResponderEliminarSoy autónomo y tengo un camión volquete (Dumper), sI trabajo en una cantera, obra pública en circuito cerrado, estoy exento del tacógrafo.
En caso afirmativo si tengo que salir para pasar la ITV o al mecánico que tengo que hacer, supongo que tendre que poner la targeta pero me gustaría saber su opinión.
Un Saludo
Buenos días. Primero agradecer la información dada en este blog.
ResponderEliminarMi duda es si se puede rellenar el documento a mano o es obligatorio hacerlo mediante impresora. Quisiera dejar los documentos impresos a falta de anotar fecha y razón de estar el vehículo parado. Gracias. Un saludo,
Jesús M.
No, solo vale a máquina. Además este certificado solo es válido si no puedes marcarlo en el tacógrafo, o sea, que hayas cogido un vehículo con tacógrafo analógico, si solo usas digital debes marcarlo en la tarjeta obligatoriamente a través de las entradas manuales.
ResponderEliminarUn saludito...
hola soy conductor de bus en la empresa donde trabajo nos dan certificados de actividades en mi caso empiezo a las 5.45 am hasta las 9.00am luego de 13.00 pm hasta las 20.30 pm bien las primeras horas tengo certificado hago fabrica y colegio no supero unn radio de 50km despues a la una hasta las ocho y media si supero los 50 que debo hacer tengo que meter la tarjeta y poner los datos manuales o no esto lo utilizan las empresa para que no descansemos a ver si me dais una ayuda
ResponderEliminarLo que debes hacer es descansar lo reglamentario y si la empresa te da órdenes de lo contrario negarte y denunciarlo. Como dije antes si es digital debes marcarlo todo en la tarjeta, tu descanso y tus otros trabajos, las conducciones exentas serían otros trabajos y lo debes marcar en la tarjeta a través de la entrada adicional si conduces sin tarjeta cuando estás exento o bien si prefieres dejarla dentro marcando la opción "OUT" en el menú del tacógrafo durante esa conducción exenta y ésta contará como otro trabajo.
ResponderEliminarSi lo que tienes es discos dentro de la misma jornada debes marcar esos otros trabajos por detrás del disco y si es fuera de la jornada, tus descansos diarios, semanales o largos periodos exentos puedes usar el certificado ya que lo suelen tolerar.
Un saludito...
hola, una pregunta a ver si me la puedn resolver. trabajo en una empresa que tiene que repartir plantas horticolas, pero puede que pasen varios dias sin que tengamos que reparir nada y queria saber si le meto la tarjeta al tacografo pero el camion no se ha movido por que esos dias no ha habido reparto...tambien tengo que hacer el certificado o ya se queda registrado en la tarjeta???
ResponderEliminarDepende, que actividad desempeñas esos días que no repartes?
ResponderEliminarHola mi pregunta es la siguiente: estoy en una empresa que me hace el certificado de actividades semanales, OSE si en piezo el lunes a las tres de la tarde y acabo a las doce de la noche todos los días, está me hace desde el lunes a las tres hasta el viernes a las doce, pero no registra si descanso 9 o 11 horas, esta bien echó así ??
ResponderEliminarHola estoy en una empresa que hace los certificados semanales, osea piezo a las 15:00 y acabó a las 24:00 todos lis días de lunes a viernes y el certificado me lo hace desde las 15:00 del lunes hasta el viernes a las 24;00 en conducir un vehículo excluido del ámbito de aplicación pero en ningún momento me pone si descanso 9 o 11 horas diarias,esta bien así ??
ResponderEliminarDepende, nos tienes que dar más datos:
ResponderEliminar- Conduces vehículos con tacógrafo esos días de lunes a Viernes o no tienen tacógrafo o están exentos?
- Haces más actividades a parte de conducir, trabajos de almacén, con grúa, con furgonetas...
- Los tacógrafos son digitales o analógicos?
Un salidito...
Hola holita, si tiene tacografo digital, pero en el certificado al hacérmelo desde el lunes a las 15:00h hasta el viernes a las 24:00h no especifica el descanso diario que hago, lo cual si me paran no les puedo certificar que descanso 5, 7, 9 o 11 horas diarias, noooo ??
EliminarHola otra vez, el tacografo voy en OUT y no meto la targeta por que es un servicio regular de menos de 50 Km.mi pregunta es sino debería hacer un certificado para cada día, nooo??
ResponderEliminarPerdon , no leí bien tu contestación, es un micro-bus y llevo personas de unas oficinas a otras oficinas cada 5 minutos desde las 15: horas hasta las 20:00 h luego me voy a repostar y me desplazo a Madrid porque estoy en el extra-radio tengo un descanso de mas o menos una hora y luego a las 22:00 cargo unos trabajadores lis llevo a la fabrica y suelo llegar sobre las 22:55 y recojo a los del turno de tarde y llevo a sus respectivas paradas y acabo con el bus parado a las 24:00 h.
ResponderEliminarEn ese caso no puedes hacer certificado de actividades, debes marcarlo todo en la tarjeta, lo que haces de ponerlo en OUT sin meter la tarjeta no vale para nada, el OUT se usa con la tarjeta dentro sino basta con que conduzcas sin tarjeta.
ResponderEliminarEn definitiva, lo que tienes que hacer es meter tu tarjeta cuando comiences tu jornada y si estás exento poner la opción OUT, a partir de este momento te contará todo como "otros trabajos", cuando finalices tu jornada debes quitar la tarjeta y llevártela. Cuando la metas al dia siguiente o cuando sea debes hacer la entrada manual para marcar tu descanso diario, semanal...etc. Cuando hagas un transporte no exento debes dejar la tarjeta dentro sin el OUT para que te marque la conducción y el resto de actividades y claro está respetar los tiempos de descanso y conducción.
De esta forma tendrás declarado y registrado en tu tarjeta todas tus jornadas y actividades tal y como marca la ley.
Un saludito...
Muchas gracias te lo agradezco un montón, meteré la targeta y pondré el out y meteré manualmente el descanso, gracias por tu aclaracion
Eliminarbuenas tardes, quisiera saber que descanso semanal tengo que hacer si conduzco solo 3 o 4 horas diarias
ResponderEliminarEl mismo que si haces 9 diarias o 20 minutos, no hay distinción. O sea, en dos semanas consecutivas tiene que haber al menos, uno de 45 horas y otro de 24, este último debe ser recuperado, o bien dos de 45 horas. Además como sabrás no puedes estar más de seis periodos de 24 horas sin hacer el descanso semanal.
ResponderEliminarUn saludito...
hola, tengo una pregunta:
ResponderEliminartengo un camion con tacografo digital, y el camion no lo cojo a diario, sino un dia si, dos no, luego lo cojo 3 seguidos...
Tengo que hacer un certificado de actividades de cada dia?? o solo si supera unas ciertas horas??
Que haces en esos dos días? Debes marcar en la tarjeta a través de la entrada manual los otros trabajos que hagas, si es el caso. El certificado solo se puede usar si no se puede marcar en el tacógrafo, por ejemplo, usar discos.... Creo que no es tu caso por lo que debes hacer la entrada manual. No obstante, en España se suele tolerar hasta 96 horas sin registrar actividad, te lo adjudican a descanso, es una tolerancia, por lo tanto recuerda que lo correcto sería lo primero que te he comentado para no tener ningún problema.
ResponderEliminarSaluditos...
pues los otros dias hago otros trabajos en la empresa, pero no conducir, lo correcto seria registrarlo en el tacografo??
EliminarEfectivamente, lo correcto sería registrar estos otros trabajos en el tacógrafo-tarjeta a través de la entrada manual, eso sí, separa bien el trabajo con los descansos diarios y semanales.
ResponderEliminarUn saludito...
Hola porfa..me interesa saber donde se puede descargar la tarjeta del tacografo..porque la empresa no quiere pagar y tengo que justificar ...3 meses..un saludo..y si es en tarragona mejor..muchas gracias
ResponderEliminarBusca en Internet el centro técnico de Tacografos más cercano a tu domicilio pero debes saber que el que tiene que descargarla es la empresa y no el conductor
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